Sentencia Nº 21385 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2020

Fecha17 Abril 2020
Número de sentencia21385
Año2020
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

En la ciudad de SANTA ROSA, capital de la Provincia de La Pampa, a los 17 días del mes de Abril de 2020, se reúne en ACUERDO la SALA 2 de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, L. y de Minería para resolver el recurso de apelación interpuesto en los autos caratulados: "Z.V.L.A. c/ TINELLI Sebastián Emanuel s/ Incidente" (Expte. Nº 21385/20 r.C.A.), venidos del Juzgado de Primera Instancia de la Familia y del Menor N° 2 de la Ira. Circunscripción Judicial y efectuado el correspondiente sorteo se estableció el siguiente orden de votación: 1°) Dra. F.B.B.; 2°) Dra. A.B.G. LUNA.
La J.B. dijo:
I.- En el proveído de fecha 04.02. 2020 (pág. 36 Pto.III) el Juez deniega la petición formulada por la actora de proceder al descuento directo de los alimentos, con fundamento en que ello "implica una modificación del convenio de fs.5 ", ordenando ocurrir por la vía y modo correspondiente.
Contra el mencionado decisorio interpuso la actora (págs.37/37vta.) recurso de revocatoria con apelación en subsidio, desestimado el primero de tales remedios, es concedida en cambio, la apelación interpuesta subsidiariamente.
Sostiene la recurrente que el Sr. T. se obligó a abonar la cuota alimentaria correspondiente al 15% de los haberes como empleado y que desde la suscripción del mencionado acuerdo no ha cumplido en debida forma con los depósitos bancarios, adeudando al mes de agosto del 2019 la suma de $38.946,70. Expresa que la solicitud de percibir la cuota alimentaria mediante descuento directo se funda en evitar mayor litigiosidad entre las partes y un mayor dispendio jurisdiccional atento que el demandado no tiene intenciones de abonar en debida forma la cuota alimentaria respecto del hijo de ambos, como así también en la importancia de garantizar y percibir efectivamente los alimentos que se devenguen en el futuro.
Analizado el recurso en el contexto del presente trámite surge de manera evidente que...

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