Sentencia Nº 1984-1995 de Cámara Nacional Electoral del 07-07-1995

Número de sentencia1984-1995
Fecha07 Julio 1995
CAUSA: "Frente de la Esperanza s/oficialización de lista de candidatos" (EXPTE. Nº 2.602/95 CNE) TUCUMAN

FALLO Nº 1984/95

///nos AIRES, 7 de julio de 1995.-
Y VISTOS: Los autos "Frente de la Esperanza s/oficialización de lista de candidatos" (EXPTE. Nº 2602/95 CNE), venidos del juzgado federal electoral de Tucumán en virtud de los recursos de apelación interpuestos a fs. 71 por el señor Fiscal Electoral del distrito, y a fs. 72/74 por el señor Julio Gustavo Picabea contra la resolución de fs. 67/68 vta., obrando la expresión de agravios a fs. 91/98, el dictamen del señor Fiscal actuante en esta instancia a fs. 101/102 y vta., y
CONSIDERANDO:
1º) Que a fs. 67/68 vta. el señor juez a quo rechaza las impugnaciones del señor Fiscal, de fs. 49, y del señor Picabea, de fs. 57/63, respecto de la integración de la lista de candidatos a diputados nacionales del Frente de la Esperanza.-
Las impugnaciones se fundaban en que al integrarse la lista con la inclusión en el tercer lugar de la candidata Vargas Aignasse la minoría quedaba sin representación entre los candidatos titulares, vulnerándose así sus derechos emergentes de los resultados de la elección partidaria interna.-
El señor juez de grado desestimó la cuestión con sustento en la extemporaneidad de su planteamiento en esa etapa del proceso electoral.-
A fs. 91/98 el señor Picabea presenta el memorial y solicita se ordene recomponer la lista, ubicándolo en el tercer lugar de acuerdo a los resultados de la elección partidaria interna, ya que de otro modo la minoría, cuya lista representa, resulta perjudicada, por pertenecer la señora Vargas Aignasse a la lista mayoritaria.-
También señala que aun cuando al momento de resolverse esta causa la elección ya se haya llevado a cabo queda subsistente su derecho subjetivo "a mantener el tercer lugar al solo efecto de conservar la vocación sucesoria al cargo prevista por el art. 68 de la carta orgánica y los arts. 61 y 155 del Código Electoral Nacional".-
A fs. 101/102 vta., el señor Fiscal de esta Alzada se pronuncia por la modificación de la lista, manteniendo en los dos primeros lugares a los candidatos que resultaron electos, y ubicando en el tercer lugar a una persona del sexo femenino, perteneciente a la lista de la minoría, a los fines de compatibilizar el derecho de ésta y lo dispuesto por la ley Nº 24.012 de "cupo femenino".-
2º) Que lo resuelto por esta instancia en el FALLO Nº 1865/95 no implica contradicción con el criterio
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