Sentencia Nº 19825/16 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2017

Año2017
Fecha18 Agosto 2017
Número de sentencia19825/16
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

En la ciudad de SANTA ROSA, capital de la Provincia de La Pampa, a los 18 días del mes de agosto de 2017, se reúne en ACUERDO la SALA 1 de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, L. y de Minería para resolver en los autos caratulados: "BELLONE Alicia Nora S/ Quiebra" (Expte. Nº 19825/16 r.C.A.), venidos del Juzgado de Ejecución, Concursos y Quiebras Nº 1 de la Ira. Circunscripción Judicial y existiendo unanimidad (art. 257 C.Pr.), la SALA, dijo:

I.- Llegan los presentes autos a conocimiento de la Alzada, en virtud de lo dispuesto por el art. 272 de la LCyQ, sin que los beneficiarios de la regulación de honorarios de fs. 200/201vta. hayan articulado contra ella recurso alguno.

II.- Cabe señalar que el activo neto realizado en autos ascendió a la su- ma de $ 22.100 y los honorarios profesionales han sido regulados en la suma de $ 15.470 (en conjunto de la totalidad de los profesionales intervinientes); ex- presión ésta que ha sido determinada a partir de la morigeración de la pauta de los tres sueldos de Secretario de Primera Instancia establecida por el art. 267 de la LCyQ -y que representa el 70% del activo bruto realizado-, por aplicación de precedentes de esta Cámara de Apelaciones Nº 11740/03, 12623/04, 12376/04, 12372/04 r.C.A., decisiones éstas que autorizaron atenuar el mínimo o piso legal, cuando su aplicación condujere a un honorario que absorviera...

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