Sentencia Nº 18730/14 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2015

Fecha15 Mayo 2015
Número de sentencia18730/14
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)
[CCSR1] AGU, Adrián-15.05.2015 En la ciudad de SANTA ROSA, capital de la Provincia de La Pampa, a los 15 días del mes de mayo de 2015, se reúne en ACUERDO la SALA 1 de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, L. y de Minería para resolver los recursos de apelación interpuestos en los autos caratulados: "AGU, A.A. s/ Incidentes" (Expte. Nº 18730/14 r.C.A.), venidos del Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de la Ira. Circunscripción Judicial y existiendo unanimidad (art. 257 C.Pr.), la SALA, dijo I.- Contra la resolución de fs. 468/470vta. que concede parcialmente (50,00%) el beneficio de litigar sin gastos solicitado por el Sr. A.A.A., ocurren actor y demandados a través de sendos recursos de apelación interpuestos a fs. 474 y 472 respectivamente, luciendo a fs. 494/497vta. la expresión de agravios del franquiciante (cuya réplica obra a fs. 502/504vta.) y a fs. 477/480 la memoria de los contradictores (contestada a fs. 483/490vta.) II.- Sostienen estos últimos (fs. 477/480) que la resolución en crisis deviene contraria a derecho en orden a los siguientes argumentos: a) Lejos está el peticionario de ser una persona carente de recursos toda vez que éste, junto al grupo familiar que integra, portan elevados ingresos. De hecho, su concubina -Sra. B.- posee dos plazos fijos de $448.218,19 y de $132.858,57 respectivamente. Cita jurisprudencia que avala su postura; b) Según informe emitido por el Colegio Médico de esta Provincia, el peticionario percibió como autónomo ingresos mensuales por $31.333,00 y por su actividad dependiente del Estado Provincial, la suma de $9.353,36; c) El franquiciante, además de poseer un plazo fijo por la suma de $7.000,00, tiene registrado a su nombre cuota partes indivisas de ocho (8) inmuebles, cuya sumatoria de las respectivas valuaciones fiscales, asciende a la suma de $786.262,17; d) El inmueble donde reside el grupo familiar tiene una superficie construida de 400 mts², una piscina de 43,69 mts² y mejoras declaradas por la suma de $482.964,56; e) Los gastos causídicos iniciales que el peticionario debe afrontar (contribución a cargo de las partes de CF: $10.482,31; DGR: $35.000,00) pueden ser costeados sin mayores dificultades de conformidad con los parámetros fijados por esta Cámara de Apelaciones en autos "T." A la luz de tales consideraciones, concluyen los impugnantes que "...se está frente a un caso donde el actor cuenta con bienes suficientes para afrontar un juicio y cancelar los honorarios que le pudieran ser impuestos a su cargo, así es que cuenta con ingresos mensuales, dinero en cuentas bancarias, bienes inmuebles de su titularidad, una vivienda ubicada en un barrio costoso, además de haber realizado un viaje al exterior mientras se encontraba tramitando el beneficio de litigar sin gastos, lo que da cuenta de un estilo de vida alto y lejos de la imposibilidad que alega en su demanda", razón por la cual, solicitan que se deniegue la franquicia peticionada, o en su defecto, sea otorgada...

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