Sentecia definitiva Nº 176 de Secretaría Penal STJ N2, 24-10-2012

Fecha24 Octubre 2012
Número de sentencia176
EmisorSecretaría Penal STJ nº2
PROVINCIA: RÍO NEGRO
LOCALIDAD: VIEDMA
FUERO: PENAL
EXPTE.Nº: 26068/12 STJ
SENTENCIA Nº: 176
PROCESADO: TACCO RAÚL PEDRO (ABSUELTO)
DELITO: ESTAFA
OBJETO: RECURSO DE QUEJA
VOCES:
FECHA: 24/10/12
FIRMANTES: MANSILLA BAROTTO SODERO NIEVAS EN ABSTENCIÓN
///MA, de octubre de 2012.
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: “MASSA, Domingo Alberto s/Queja en: \'TACCO, Raúl Pedro s/Estafa\'” (Expte.Nº 26068/12 STJ), puestas a despacho para resolver, y
CONSIDERANDO:

Que la deliberación previa a la resolución (cuya constancia obra a fs. 74) ha concluido con el acuerdo de los señores Jueces que se transcribe a continuación.
El señor Juez doctor Enrique J. Mansilla dijo:

1.- Mediante Sentencia Nº 55, del 10 de julio de 2012, la Cámara Segunda en lo Criminal de Cipolletti resolvió -en lo pertinente- absolver de culpa y cargo a Raúl Pedro Tacco, por los hechos que fueron objeto del juicio.

2.- Contra lo decidido el querellante particular, con patrocinio letrado, dedujo recurso de casación, cuya inadmisibilidad motiva la queja en examen.

3.- En su denegatoria, el a quo sostiene que la prueba analizada por el recurrente poco o nada tiene que ver con el hecho acusado al imputado. Explica que el negocio del querellante fue con Mario Barra, quien vendió la maquinaria y cobró una parte de ella y agrega que la actuación de Guevara fue posterior a la entrega voluntaria de la máquina que hizo Domingo Alberto Massa.

Niega asimismo que se haya realizado una valoración absurda o parcial de la prueba y sostiene que el recurso de casación no ataca el razonamiento expuesto por el juzgador, por lo que no advierte una crítica seria de lo decidido.

4.- La quejosa sostiene que, habiendo cumplimentado
///2.- todos los requisitos formales de admisibilidad, debió hacerse lugar a la concesión del recurso principal. También reseña los antecedentes de la causa y los recaudos adoptados en el recurso de casación.

Reitera sus agravios casatorios y la prueba que considera favorable a su postura, y alega que -en contrario de lo...

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