Sentecia definitiva Nº 176 de Secretaría Penal STJ N2, 09-08-2017

Fecha09 Agosto 2017
Número de sentencia176
EmisorSecretaría Penal STJ nº2
///MA, 9 de agosto de 2017.
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: “M., J.R. s/Queja en: \'M., J.R. s/Abuso sexual con acceso carnal reiterado; abuso sexual agravado por el vínculo, por la condición de encargado de la guarda, de la edad y la convivencia, todo en concurso real\'” (Expte.Nº 28197/15 STJ), puestas a despacho para resolver el recurso extraordinario federal interpuesto a fs. 145/152, concluida la deliberación previa de los señores Jueces, y
CONSIDERANDO:
1. Que, mediante Sentencia Nº 245, del 12 de octubre de 2016, este Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de queja deducido por la defensa y, consecuentemente, confirmó la Sentencia Nº 96/15 de la Cámara Primera en lo Criminal de General Roca que, en lo pertinente, condenó a J.R.M. a la pena de nueve años de prisión como autor de los delitos de abuso sexual con acceso carnal, agravado por haberse aprovechado de la convivencia preexistente con menor de 18 años, reiterado en número indeterminado de oportunidades, en concurso real con abuso sexual simple, agravado por haberse aprovechado de la convivencia preexistente con menor de 18 años, reiterado en dos oportunidades -tres hechos- (arts. 119 cuarto párrafo inc. f en función de los párrafos primero y tercero, 55 y 119 último párrafo en función del cuarto párrafo inc. f y del primer párrafo C.P.).
Contra lo así resuelto, la Defensa Pública interpone recurso extraordinario federal (fs.145/152), que la señora Defensora General subrogante sostiene (fs. 154/158), por lo que se corre traslado a la Fiscalía General por el término de ley, cuyo titular responde a fs. 160/165.
2. Que la recurrente refiere cumplir las condiciones formales de admisibilidad del recurso extraordinario federal y alega que la sentencia recurrida adolece de arbitrariedad, en tanto la valoración de la prueba choca con las reglas de la lógica y de la experiencia y se tienen por acreditados los abusos sexuales endilgados a su asistido solo por los dichos de una única testigo. En este sentido, argumenta que las demás pruebas analizadas por este Cuerpo son testimoniales que parten de la única prueba existente, soslayando la declaración desincriminatoria de la abuela.
/// Asimismo, afirma que el rechazo de la queja afecta la garantía constitucional y convencional del doble conforme, por lo que solicita que se haga lugar al recurso y se eleve lo actuado y, en definitiva, se absuelva a su asistido J.R.M.
3. Que la señora Defensora General expresa que el remedio se ajusta a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR