Sentencia Nº 16770/11 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2011

Año2011
Número de sentencia16770/11
Fecha27 Septiembre 2011
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)
En la ciudad de SANTA ROSA, capital de la Provincia de La Pampa, a los 27 días del mes de septiembre de 2011, se reúne en ACUERDO la SALA 2 de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, L. y de Minería para resolver el recurso de apelación interpuesto en los autos caratulados: "MONTES DE V.A.E.c.M.E. S/ Ejecutivo y Embargo Ejecutivo" (Expte. Nº 16770/11 r.C.A), venidos del Juzgado de Ejecución, Concursos y Quiebras - Secretaría N� 2 de la Ira. Circunscripción Judicial y existiendo unanimidad (art. 257 C.Pr.), la SALA, dijo I.- La resolución de fs. 53/57, que rechaza las defensas opuestas por la ejecutada y le impone las costas, es apelada por aquella expresando sus agravios a fs. 84/88vta., los que fueran contestados por la contraria a fs. 92/93.- En su memorial la ejecutada cuestiona que la sentencia interlocutoria consideró vedado en este tipo de procesos el tratamiento de la causa de los documentos cambiarios objeto del presente. Transcribe extensa doctrina referida a las acciones y excepciones cambiarias a fin de rebatir la postura del juez a quo, alegando la existencia de normas de orden público y principios de materia laboral que se encuentran comprometidos y que tienen absoluta primacía con relación a los acuerdos que las partes puedan disponer en el ámbito privado. En esa inteligencia alega la necesidad de desentrañar la mala fe de la ejecutante, y así configurar la "exceptio mala fidei" interpretando, a contrario sensu, el art. 18 del decreto ley 5965/63. También se agravia por las restricciones que surgen del art. 513 inc.7 del CPCC tenidas en cuenta por el sentenciante para rechazar la excepción de compensación planteada. En este sentido destaca que la relación entre las partes no es de carácter contractual sino eminentemente laboral, y, por ello, aplicables los principios rectores de esa materia en especial, el de primacía de la realidad.- II.- Analizado el recurso en el contexto de los presentes actuados se advierte que la recurrente insiste en cuestiones ajenas al presente trámite, reeditando nuevamente argumentos tendientes a vincular los títulos cambiarios objeto de la presente acción con un contrato de locación y una supuesta maniobra de fraude laboral. Analiza detalladamente las cláusulas del referido contrato a fin de dejar al descubierto la verdadera causa del libramiento de los pagarés presentados, pero no se hace cargo de los sólidos fundamentos dados en la instancia anterior al rechazar las excepciones planteadas,...

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