Sentecia definitiva Nº 16 de Secretaría Laboral y Contencioso Administrativo STJ N3, 15-05-2013

Fecha15 Mayo 2013
Número de sentencia16
EmisorSecretaría Laboral y Contencioso Administrativo nº3
///MA, 15 de mayo de 2013.-
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: “ENTRETENIMIENTOS PATAGONIA S.A. S/ QUEJA EN: \'VIVANCO OVALLE, PAOLA ANDREA C/ ENTRETENIMIENTOS PATAGONIA S.A. S/ SUMARIO (l)\'” (Expte. N° 26288/13-STJ), puestas a despacho para resolver, y
CONSIDERANDO:
El señor Juez doctor Sergio M. BAROTTO dijo:

1.- Mediante la sentencia cuya copia obra glosada a fs. 28/34, la Cámara del Trabajo de la IIIa. Circunscripción Judicial con asiento de funciones en la ciudad de San Carlos de Bariloche hizo lugar a la demanda y condendó a la accionada a abonarle a la actora la suma liquidada al efecto en concepto de indemnizaciones derivadas del despido más el agravamiento del art. 2 de la Ley 25323, intereses y costas. Ello motivó que la demandada interpusiera el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley cuya denegación dio origen a la presentación de la queja en estudio.

2.- En oportunidad de articular el remedio principal, Entretenimientos Patagonia S.A. sostuvo que el fallo impugnado estaba fundado exclusivamente en el voto del doctor César Lanfranchi, al que adherían, en conjunto, los otros dos miembros del Tribunal, doctores Lagomarsino y Marigo. Señaló que de ello se desprendía la falta de motivación de -por lo menos- uno de los restantes votos, que resultaba decisivo para conformar la mayoría, cuando no la unanimidad, de criterios de los jueces. Citó doctrina de este Superior Tribunal y expresó que, si bien ello bastaba para postular la nulidad del fallo, también advertía que el único votante había declarado procedente la multa del art. 2 de la Ley 25323 con el solo fundamento de que la actora se había visto obligada a accionar judicialmente en procura de sus derechos, lo que implicaba contradecir la pacífica y generalizada jurisprudencia de la propia Cámara que eximía de la imposición de dicha sanción /// ///-2- cuando las partes verosímilmente pudieron haberse creído con derecho para actuar como lo hicieron. Concluyó que las dos cuestiones expuestas afectaban directamente el ejercicio del derecho de defensa en juicio de los empleadores, por lo que solicitó que se declarara la nulidad del fallo recurrido y se ordenara dictar uno nuevo.

En otro orden, manifestó que la sentencia era arbitraria, pues hacía una valoración absurda de los hechos y las pruebas producidas en la causa. En este sentido, dijo que la actora había reconocido expresamente en su escrito de demanda que había trabajado alternativamente tanto en el casino de la calle España como en el de la calle Onelli; asimismo, que había sido notificada verbalmente del...

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