Sentencia Nº 15382/09 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2010

Número de sentencia15382/09
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)
En la ciudad de SANTA ROSA, capital de la Provincia de La Pampa, a los días del mes de febrero de 2010, se reúne en ACUERDO la SALA 1 de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, L. y de Minería para resolver el recurso de apelación interpuesto en los autos caratulados: "M.D.M.c.H.P.N.s.V.(.. Nº 15382/09 r.C.A.), venidos del Juzgado de Primera Instancia de la Familia y el Menor de la Ira. Circunscripción Judicial y existiendo unanimidad (art. 257 C.Pr.), la SALA, dijo I.- Mediante la sentencia de fs. 21/23 se rechazó la demanda de divorcio interpuesta por D.M.M. contra P.N.B.H. por la causal de abandono voluntario y malicioso del hogar, imponiéndose las costas del juicio por su orden El citado pronunciamiento ha sido apelado por la actora quien expresó su memorial a fs.21/25vta. solicitando la revocación de la sentencia y, subsidiariamente, que se disponga la producción en la Alzada de la prueba testimonial que ofreciera en la instancia anterior. Dichos agravios fueron contestados por el demandado a fs. 38/vta. quien adhirió al recurso del accionante; a excepción de lo relativo a la imposición de costas, peticionando que se le exima totalmente de ellas II.- 1) En su primer y tercer agravios se queja la apelante sosteniendo que al rechazarse la demanda de divorcio fundada en la causal que prevé el art. 202 inc. 5 del Código Civil por ausencia de prueba sobre tal extremo, se agravia a ambas partes, ya que a pesar del allanamiento del demandado se los mantiene forzadamente en una situación de indefinición en cuanto a su estado civil no deseado por las partes. Argumenta también que no correspondía decretar la cuestión de puro derecho como lo hizo la juez a quo a fs. 15, ya que su parte había ofrecido prueba testimonial en la demanda, sosteniéndose a fs. 31vta. que no habiendo sido ello advertido por la sentenciante "( ... ) no permitió el legítimo derecho de defensa en juicio - se impidió en este proceso, por parte del juzgador, proveer dichas testimoniales por virtud de su actuación de oficio, alterando el contradictorio y el derecho de defensa de las partes". Pide por ello que se revoque la sentencia en cuanto rechazó la demanda por divorcio, disponiéndose en la Alzada la producción de la prueba testimonial que ofreció en la instancia anterior Aun cuando resulte contradictorio que a fs. 15 se declarara la cuestión de puro derecho, para luego en la sentencia desestimarse la acción por falta de prueba, el análisis de lo actuado en la...

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