Sentencia Nº 151 de Corte Suprema de Justicia de Tucumán, 11-04-2022

Número de sentencia151
Fecha11 Abril 2022
MateriaSOLER JAIME ROBERTO Vs. SWISS MEDICAL S.A. S/ AMPARO

Sentencia 151 San Miguel de Tucumán, 11 de abril de 2022.- AUTOS Y VISTOS: La causa caratulada "S.J.R. c/ SWISS MEDICAL S.A. s/ AMPARO" - Expte. N° 3868/21-I1,

y CONSIDERANDO:
1.
Vienen los autos a conocimiento y resolución del Tribunal por el recurso de apelación en subsidio interpuesto por el actor, contra la sentencia de fecha 09/11/2021 que resolvió hacer lugar a la medida innovativa que oportunamente solicitara. Los fundamentos del recurso obran en presentación del 12/11/2021. Mediante sentencia del 15/12/2021 el a quo desestimó la revocatoria deducida y simultáneamente concedió la apelación subsidiariamente articulada. 2. Señala el recurrente que la sentencia impugnada resolvió hacer lugar a lo solicitado solo en forma parcial pues al momento de interponer demanda -el 29/09/2021-, y en atención a que la contraria ya había emitido la factura correspondiente al mes de octubre de 2021 donde cobraba al su parte la suma de $44.411,54 en concepto de cuota de afiliación, peticionó cautelarmente que se ordene a S.M.S. abstenerse de cobrarle la suma mencionada, ajustándose la cuota a lo dispuesto por las resoluciones 987/2021 y 2125/2021 del Ministerio de Salud de la Nación. Indica que mediante Resolución 987/2021 se dispone un aumento de hasta el (4%) a partir del 1º de abril de 2021 y de hasta un (5,5%) adicional a partir del 1º de mayo de 2021 y mediante Resolución 2125/2021 el Ministerio de Salud de la Nación dispone un aumento del 9% para el mes de agosto de 2021, calculado sobre el mes de mayo de 2021, y un aumento adicional del 9% para el mes de septiembre de 2021. Refiere que atento a lo normado por las resoluciones anteriormente citadas, tomando como base la cuota de afiliación del Sr. S. correspondiente al mes de mayo de 2021, que ascendía a la suma de $27.729,81, la cuota de afiliación para el mes de octubre de 2021 debería ascender a la suma de $30.231,44. Considera que, a la luz de lo expuesto, resulta claro que la sentencia hace lugar solo parcialmente a la medida cautelar solicitada pues a pesar de sostener que “el actor es afiliado a la empresa demandada y que los aumentos respectivos de las cuotas son superiores a los de la normativa que los regulan; cartas documentos acompañadas, hechos narrados y lo dispuesto en Res. 2125/21-MS”, el a quo no aplica en la parte dispositiva lo dispuesto por dicha norma. Le agravia que la sentencia disponga que “el cumplimiento de la presente medida deberá retrotraerse al mes de octubre...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR