Sentencia Nº 14491/07 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2008

Número de sentencia14491/07
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)
En la ciudad de SANTA ROSA, capital de la Provincia de La Pampa, a los días del mes de febrero de 2008, se reúne en ACUERDO la SALA 2 de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo C.il, Comercial, L. y de Minería para resolver el recurso de apelación interpuesto en los autos caratulados: "RODA D.A.c.S.C. S/ Daños y Perjuicios" (Expte. Nº 14491/07 r.C.A), venidos del Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de la Ira. Circunscripción Judicial y existiendo unanimidad (art. 257 C.Pr.), la SALA, dijo I.- La sentencia de fs. 140/151 hace lugar a la demanda de modo parcial y condena al demandado a resarcir al actor la suma de $ 8.500,00 ($ 7.000,00, en concepto de daño moral y $ 1.500,00, por los honorarios abonados al abogado defensor en la causa penal) con más intereses y costas del juicio, por los daños y perjuicios provocados por éste, quien, al hacer la denuncia penal por el robo de dinero de su negocio, plasmó sus sospechas hacia el actor, lo que motivó que la policía lo demorara mientras se realizaban las primeras investigaciones, se registrara su vivienda y tuviera que soportar el trámite de un proceso penal que culminó con su sobreseimiento. Sostiene la juez aquo que este actuar ligero y negligente del demandado, provocó efectos negativos en el actor, tanto en su vida personal como de relación, que merecen ser resarcidos en tanto generaron responsabilidad civil - Contra dicha decisión interpone apelación el demandado, quien al exponer sus agravios a fs. 165/169, sostiene la improcedencia de la condena al considerar que no fue negligente ni apresurado al efectuar la denuncia y que la sospecha se encontraba fundada en elementos objetivos -que enuncia-. Considera que para resultar responsable la culpa debe ser grave, lo que en el caso no aconteció, ya que se limitó a poner en conocimiento de la autoridad policial un hecho acaecido en su perjuicio como así también las circunstancias fácticas que pudieran ser útiles para el esclarecimiento del hecho. Cuestiona la procedencia del daño moral otorgado por no haberse probado su existencia y extensión. Solicita se revoque la sentencia, citando jurisprudencia de esta Cámara A fs.173/174, la actora contesta agravios propugnando la confirmación de la sentencia - II.- Para resolver la cuestión cabe considerar que la sentencia apelada sustenta la responsabilidad en el actuar culposo del demandado que no adoptó las diligencias y/o precauciones necesarias a la hora de realizar la denuncia, mas no se advierte que se hubiera...

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