Sentencia Nº 14287 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2007

Número de sentencia14287
Fecha25 Junio 2007
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)
En la ciudad de SANTA ROSA, capital de la Provincia de La Pampa, a los veinticinco días del mes de junio de 2007, se reúne en ACUERDO la SALA 2 de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, L. y de Minería para resolver el recurso de apelación interpuesto en los autos caratulados: "BLANCO O.S.c.O.A.S./ Ejecución de Convenio (Alimentos)" (Expte. Nº 14287/07 r.C.A), venidos del Juzgado de Primera Instancia de la Familia y del Menor de la Ira. Circunscripción Judicial y existiendo unanimidad (art. 257 C.Pr.), la SALA, dijo
I.- Se trata en el caso de la interpretación de los alcances del convenio de alimentos que celebraron las partes en conflicto y que fuera incorporado al texto de la demanda de promoción de su divorcio ( fs. 5 vta. punto 3.2 )
La accionante manifiesta que la obligación de su ex cónyuge de pagar los $ 1.300 mensuales, es exigible por su parte hasta que se homologue el convenio de disolución de la sociedad conyugal y se adjudiquen los bienes. Por el contrario, el accionado entiende que debe respetarse la fecha tope del 30 de julio de 2005 incluída en el pacto, criterio que en definitiva recepta el Sr. Juez en su resolución de fs. 37/38 y ordena la readecuación de la planilla de alimentos de conformidad a ello. La decisión es apelada por la accionante, quien expresa sus agravios a fs. 49/55, los que son respondidos a fs. 59/61
II.- El convenio celebrado por las partes se sustenta en el siguiente tex- to: "En virtud que se conviene, que el esposo quedará en el hogar conyugal, hasta tanto se dicte la sentencia sobre la homologación del convenio de disolu- ción de la sociedad conyugal y adjudicación de bienes, éste se compromete a depositar en una Caja de Ahorro que abrirá su esposa, en el Banco de La Pampa, la suma de pesos UN MIL TRESCIENTOS ($ 1.300,00) mensuales, del día uno al ocho. De dicho monto la esposa O.S.B. afectará el pago de alquiler de una vivienda y remanente a alimentos incluído los del menor G.O
" Dicho depósito mensual se conviene será reducido a la suma de pesos OCHOCIENTOS CINCUENTA ($850,00) por mes, una vez decretada la sentencia de divorcio y cuyo plazo no podrá exceder mas...

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