Sentecia definitiva Nº 137 de Secretaría Penal STJ N2, 08-09-2010

Número de sentencia137
Fecha08 Septiembre 2010
EmisorSecretaría Penal STJ nº2
PROVINCIA: RÍO NEGRO
LOCALIDAD: VIEDMA
FUERO: PENAL
EXPTE.Nº: 23671/09 STJ
SENTENCIA Nº: 137
PROCESADO: CHÁVEZ NICOMEDES
DELITO: ABUSO DE ARMAS EN CONCURSO REAL CON COACCIÓN
OBJETO: RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL
VOCES:
FECHA: 08/09/10
FIRMANTES: BALLADINI – SODERO NIEVAS – LUTZ EN ABSTENCIÓN
///MA, de septiembre de 2010.
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: “CHÁVEZ, Nicomedes s/Queja en: \'QUEUPAN, Sergio Raúl y Otro s/Abuso de armas en concurso real con coacción agravada por el uso de armas\'” (Expte.Nº 23671/09 STJ), puestas a despacho para resolver el recurso extraordinario federal deducido a fs. 49/59 y vta., y
CONSIDERANDO:

Que la deliberación previa a la resolución (cuya constancia obra a fs. 73) ha concluido con el acuerdo de los señores Jueces que se transcribe a continuación.
El señor Juez doctor Alberto Ítalo Balladini dijo:

1.- Antecedentes de la causa:

1.1.- Por Sentencia Nº 147, del 19 de octubre de 2009, obrante a fs. 43/47 de las presentes actuaciones, este Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de queja deducido a fs. 17/26 por el señor defensor particular doctor Manuel Maza en representación de Carlos Nicomedes Chávez o Nicomedes Chávez, con costas, y confirmó la Sentencia Nº 8 dictada por la Sala A de la Cámara en lo Criminal de Viedma el 13 de marzo de 2009. Dicho pronunciamiento, en lo que aquí interesa, resolvió imponerle al nombrado la pena de tres años de prisión en suspenso por considerarlo autor penalmente responsable del delito de abuso de armas en concurso real con coacción, como partícipe primario (arts. 104, 149 bis párrafo, 55 y 26 C.P.), y le impuso reglas de conducta por el término de dos años (constituir domicilio y someterse al cuidado del Patronato de Asistencia a Presos y Liberados).

///2.
Cabe señalar que el recurso de hecho había sido impetrado en virtud de la declaración de inadmisibilidad de la casación presentada por el letrado defensor de Chávez (conf. fs. 1/13), resuelta por el a quo el 14 de abril de 2009 (conf. copia que luce a fs. 14/15 y vta.).

1.2.- Contra lo así decidido, la parte interpone el recurso extraordinario federal sub examine.

1.3.- Corrido el traslado a la contraria, a fs. 66/69 se agrega el dictamen del señor Fiscal de Cámara doctor Juan Ramón Peralta, en su carácter de Procurador General subrogante.

2.- Argumentos del recurso extraordinario federal:

Luego de reseñar los antecedentes de la causa, el recurrente reedita en esta instancia los agravios que habían sido introducidos en los recursos de casación y de hecho denegados. Alega así –en lo sustancial- que en el caso se ha vulnerado la ley procesal o de forma, lo que conlleva la violación del principio de defensa en juicio contemplado en el art. 18 de la Constitución Nacional (ley sustantiva o de fondo), toda vez que su cliente recibió una pena de parte de un magistrado...

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