Sentencia Nº 13427 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2006

Año2006
Número de sentencia13427
Fecha13 Junio 2006
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)
SANTA ROSA, 13 de junio de 2006
V I S T O
La aclaratoria y la subsanación interpuestas en la presente causa cara- tulada: "BANCO DE LA PAMPA c/HERNANDEZ, M.A. S/ Cobro Ejecutivo" (Expte. Nº 13427/06 r.C.A.) y
C O N S I D E R A N D O
Solicita la actora subsanación de la resolución de fs. 249/249 vta..
Allí se había admitido el levantamiento de embargo solicitado a fs. 172 y s.s., lo cual ante la primera instancia no había sido admitido (fs. 204/206).
Sostiene la recurrente que la cuestión debió asimilarse al levantamiento de embargo sin tercería por lo que rechazado ello, resulta inapelable (art 105 CPC).
Aunque la cuestión no fue mencionada expresamente, fue debidamente evaluada.
No se trata de cuestión asimilable a la del art.105 CPC pues el levanta- miento de embargo no se fundó en el dominio sino en la oponibilidad al embargante de la cláusula de inembargabilidad a que está sometido el inmueble, lo que protege los intereses del adquirente y de la entidad financiera.
Sobre todo ello es así en el caso de autos en que, el embargante al con- testar el pedido de levantamiento, sólo cuestionó que el peticionante fuera cesionario del credito (fs.199 vta) y al contestar ahora los agravios ha hecho especial cuestion acerca del mantenimiento del destino de vivienda única del inmueble efectivamente...

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