Sentecia definitiva Nº 128 de Secretaría Causas Orginarias y Constitucional STJ N4, 10-09-2015

Fecha10 Septiembre 2015
Número de sentencia128
EmisorSecretaría Causas Orginarias y Constitucional STJ nº4
///MA, 10 de septiembre de 2015.
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: “VERA, CRISTIAN NAHUEL S/ HABEAS CORPUS" (Expte.N°28051/15-STJ-), puestas a despacho para resolver, y:
CONSIDERANDO:
A fs. 1/ vta. y 3/4 el interno C.N.V. plantea acción de habeas corpus "in pauperis".
En primer lugar corresponde analizar sobre la procedencia formal de la acción constitucional planteada en los términos de la normativa que lo regula Ley B Nº 3368 y art.43 de la Constitución Provincial .
Que del informe glosado a fs. 2 y 5 surge que el interno de encuentra en calidad de procesado en Expte.Nº 5191/12/14-4 CI 2685-P2014 de la Cámara Primera en lo Criminal de Cipolletti.
Que de las presentaciones aludidas no surge el encuadramiento en el art.1º y cc. de la ley B 3368 que reglamenta el "habeas corpus" en jurisdicción de la Provincia, por lo que corresponde declarar inadmisible la pretensión.
No obstante, y atento al tenor de lo peticionado -pedido de excarcelación-, remítase copias de la presentación al Tribunal del cual depende el interno a los fines de dar tratamiento a lo peticionado (cf. STJRNS4 Se. 29/09 "INTERNOS PABELLÓN Nº 12 ESTAB. DE EJEC. P. Y ENC. G. ROCA"; Se. 30/01 "R."; entre otros), debiendo darse debida intervención a su Defensor para que ejerza su Ministerio.
En tal sentido, en reiterados precedentes este Tribunal ha señalado la improcedencia del habeas corpus cuando ello implica desplazar...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR