Sentencia Nº 118.030.- de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2022

Número de sentencia118.030.-
Año2022
Fecha12 Septiembre 2022
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)
EstatusPublicado

SENTENCIA NÚMERO 83/22: En la ciudad de Santa Rosa, capital de la Provincia de La Pampa, a los 12 días del mes de septiembre de 2022, constituido el Juez de Audiencia, G.B., a efectos de dictar sentencia en el legajo nº 118030, caratulado: "(…) s/ Abuso sexual” seguido contra (…), DNI (…), argentino, nacido el (…) en ésta ciudad, soltero, empleado policial, instruido con secundario incompleto, hijo de (…), y de (…), sin antecedentes penales, y;

I) RESULTANDO: 1) Alegatos de apertura: En uso de la palabra la Dra. V.S.F. dijo que se le imputa a (…) que el día 13 de junio del 2021, en horas de la madrugada, en momentos en que se encontraba en su vivienda, sita en calle zona (…) de la localidad de Macachín, junto a su pareja, (…), le adujo “no te voy a dar de comer, que te den de comer los machos que tenés”, por lo que (…) comenzó a llorar. En dicho momento, (…) la tomó de los cabellos y le torció los brazos hacia atrás, haciéndola arrodillar, pudiendo zafarse y salir hacia el baño. Posteriormente, (…) se acostó vestida en un sillón del comedor y le adujo que se quería dormir, manifestándole (…) “ahora vamos a coger, ¿o ya viniste cogida?”, “antes que te cojan los otros, tengo que tantear si estás cogida o no, y la concha me va a avisar”; a lo que ella le contestó que le dolían los ovarios y que no quería. No obstante ello, (…) se sacó la ropa, se acostó detrás de ella, la abrazó fuertemente con un brazo, impidiendo que ella pudiera moverse, le bajó la calza y la bombacha y la penetró con su pene en el ano, mientras le decía “yo te lo hago, antes que te lo haga otro, esa cola es mía”. A la mañana siguiente, (…) le adujo que se quería ir, éste le manifestó que si hacía una denuncia, la iba a escrachar en las redes sociales, con cosas íntimas que tenía, le dijo que nadie le iba a creer y que si perdía su trabajo como consecuencia de esto, la iba a matar; que él sabía dónde ella vivía y dónde quedaba la escuela a donde iban los hijos. Calificó los hechos como constitutivos del delito de Abuso sexual con acceso carnal, en concurso real con Lesiones leves calificadas por la relación de pareja y Amenazas simples (Arts. 119 primer párrafo y tercer párrafo, 89 en relación al 92 y al 80 inc. 1º, 149 primer párrafo y 55, todos del Código Penal) enmarcado además en la Ley 26.485.

A su turno la defensa del imputado, Dr. Dr. M.P. adelantó la solicitud de absolución para su defendido. Agregó que quiere se tenga en cuenta en el desarrollo del debate, que se va a estar en presencia de dos personas de más de 30 años, adultas, con cierto grado de instrucción, que tienen trabajo, que se han desarrollado en la sociedad, que han tenido relaciones con parejas anteriores; no se está hablando de personas que tienen dificultades para interactuar en la sociedad, ni personas que estén aisladas, ni que tengan alguna limitación cultural o económica. La segunda cuestión que solicitó, es que se tenga en cuenta que la denunciante estaba con un tratamiento psicológico, es decir, tenía ayuda psicológica, tiene lazos culturales, lazos afectuosos, se está hablando de una persona que manejaba sus lazos sentimentales, no es alguien que tenía una cuestión que le prohibía o le limitaba su interacción. La tercera cuestión a considerar, es que no se está hablando de una pareja estable. En las parejas estables, por la experiencia, por ahí pueden generarse micro climas abusivos, porque la presencia permanente de las personas pueden generar cierta dependencia, pero se está hablando de una pareja esporádica. La señora vivía y trabajaba en Santa Rosa y el señor (…) vivía y trabajaba en Macachín; se está hablando de kilómetros de distancia y de relaciones de tipo esporádica. La última cuestión, es que hay que tener presente que las verdades se van construyendo de a pedacitos y muestran si el relato es totalmente veraz o no; en ello se verá que el motivo por el que, supuestamente, la señora viajó a M. era para terminar la relación esporádica que tenía con (…). No es lógico que alguien viaje ciento y pico de kilómetros para enfrentarse, cara a cara, con la otra persona para decir que terminaba la relación; sobre todo con los medios técnicos y se va a ver, con la cantidad de medios con los que se conectaban. Además, la señora viaja a M. a decirle a (…) que iba a terminar la relación, pero no tenía planeado el viaje de regreso; es decir, tomó un taxi para ir pero no había una idea de cómo se iba a volver, lo que es lógico era suponer que se iba a quedar en la casa de (…), iba a cenar y a quedarse allí. Por lo cual, esta cuestión que arranca del por qué va a M. ya se empieza a caer, pero además otra cuestión que meritar, es que viaja sola, una mujer que va a terminar una relación, que encima supone que su pareja es una persona violenta, viaja sola a informar que termina la relación. Y no se reúne en un café, en un shop de una estación de servicio, sino que se sube al auto de (…) y se va a la casa de él a decirle que quería terminar una relación. Por último, hay una parte del relato que la señora Fiscal no introduce, que hay una especie de rapto o privación de la libertad, que manifiesta la señora, la denunciante. En el relato de la denunciante dice que luego, a la noche, supuestamente la violó, durmieron tranquilamente toda la noche, al otro día a la mañana se levantan, comparten unos mates; se van a escuchar testigos en donde hay terceros que ingresan a la casa y toman unos mates, pero que ahí ella no dice nada y no aprovecha la situación de que ingresan terceros para poder escapar; sino que opta por lo más difícil, esperar a que todos se vayan para pelearse con (…) y, así, a los golpes, protagonizar una fuga cinematográfica. Adelanta que los informes psicológicos van a establecer que la denunciante es una persona dependiente, abusada, vulnerable, lo que no se explica al menos en los informes agregados, es por qué la víctima en todo el relato, en el contexto, no formuló ningún mecanismo de defensa. Se cree que se está frente a una pelea de una pareja esporádica, que alguna cuestión pasó por la cabeza de la denunciante y, como represalia, hizo la denuncia porque sabe que este tipo de denuncias, tiene graves perjuicios para (…).

2) Declaración del imputado: Previo a los alegatos el imputado ejerció su derecho de defensa material y dijo que quería aclarar que en el tiempo que tuvo una relación sentimental con (…), en ninguna oportunidad la tuvo secuestrada, la maniato, le pego, o la violo. Al contrario, fue siempre muy compañero, la ayudo en todo lo que pudo, económicamente y sentimentalmente, por que en el año 2017 final, o principios del 2018, empezó una relación con ella. A los tres meses más o menos o cuatro de empezar a verse, la ayudó a limpiar el domicilio en el cual ella no vivía, ni ella ni los hijos, los hijos vivían en la casa de los abuelos durante la semana y los fines de semana se iban con el padre. Esa casa estaba siempre sola, de hecho se habían juntado firmas para que le saquen la casa. Le dijo que era una lastima, que había que hacer un mantenimiento, la ayudo en eso, y en esos días es que encontró una documentación y fotografías de ella, donde estaba lesionada, con golpes, papeles administrativos, le consultó sobre eso. Ella le dijo que había tenido problemas con la ex pareja, charlaron un buen rato, le pregunto como habían resuelto la situación. Después con el tiempo, tuvo una primera situación de discusión en donde le arrojo una tijera, que le lastimo el cuero cabelludo, y le pego con un casco donde le lastimo el labio. Se tenia que presentar al día siguiente al trabajo, trabajaba en Macachín y vivía en Riglos. No se podía presentar porque tenia el labio hinchado, le había sangrado. Entonces se consiguió un certificado y se quedo hasta el otro día. Se fue. Al tiempo se volvieron a ver, siguió todo normal. Volvieron a discutir, le revoleo con un teléfono, lo esquivo, le pego en el hombro, rompió un vidrio, lo acusó a él de que rompió el vidrio. Se retiró del lugar, lo amenazó de que iba a llamar a la policía por violencia de genero. Otra situación que tuvo fue en el año 2019 en Riglos, ella en el transcurso del día le dijo que iba a ir a R., él le dijo que no, eso fue al medio día. Se retiro del domicilio, se fue al pueblo. Estaba en un lugar, en la casa de un policía, tipo 9 de la noche o 9:20 se fue a su casa, y vio, noto una anormalidad, la luz del auto encendida, se acerco, fue a la puerta de acceso, mantenía el candado, fue a buscar la llave y una de la ventanas no tenia el mosquitero. Empezó a mirar. Observo que estaba la ventana rota, la de la cocina. Ingresó, agarro su billetera y su teléfono que estaban en el domicilio, se dirigió hacia la pieza y encontró una persona acostada con el celular encendido, la luz apagada. Ahí se dio cuenta que era (…). Inmediatamente salio por la ventana, salio a la calle, llamo al 101, no lo atendieron, entonces llamo al personal policial que estaba en el lugar donde él antes había estado. Se apersono G., le comentó que tenia una persona en el interior y que le había dañado sus cosas, que no había tenido contacto con esa persona. Entonces sacaron fotos y le preguntaron si quería hacer alguna actuación, les dijo que no en ese momento. A (…) la traslado el móvil policial, otro móvil, y no tuvo mas contacto con ella. Al tiempo se vuelven a hablar, vuelven a tener encuentros, él para eso ya se había ido a vivir a Macachín. Incluso el fin de semana anterior al sábado 12, ella estuvo en su casa, pero no tuvieron ningún problema. El sábado 12, salió de trabajar a la mañana, estaba destinado de vuelta en Riglos, viviendo en Macachín. Ella se apersono en la localidad de Macachin a las 9 de la noche mas o menos, habían estado escribiéndose vía whatt app, donde estaba indecisa la decisión de si se veían o no, ya que ella le había mandado una foto captura con el cuerpo entero de (…) y manifestando que iban a tener relaciones ellos, (…) se estaba agarrando los genitales en esa foto. Cuando llegó a Macachín...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR