Sentecia definitiva Nº 11 de Secretaría Penal STJ N2, 29-02-2016

Número de sentencia11
Fecha29 Febrero 2016
EmisorSecretaría Penal STJ nº2
///MA, 29 de febrero de 2016.
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: “I., C.A. s/ Abuso sexual gravemente ultrajante s/Casación” (Expte.Nº 27187/14 STJ), puestas a despacho para resolver el recurso extraordinario federal interpuesto a fs. 291/304 vta., concluida la deliberación previa de los señores Jueces, y
CONSIDERANDO:
1. Que, mediante Sentencia Nº 15, del 7 de mayo de 2014, la Cámara Primera en lo Criminal de la IVª Circunscripción absolvió a C.A.I. por el hecho traído a juicio y que formaba parte de la imputación obrante en la elevación a juicio, por el período de tiempo comprendido entre el 18/11/2007 y el 15/02/2010, en virtud de haberse retirado la acusación fiscal en función de las disposiciones de la Ley 22278, y lo condenó, como autor del delito de abuso sexual simple, a la pena de un año de prisión de ejecución en suspenso, con imposición de reglas de conducta en los términos del art. 27 bis del Código Penal.
Contra lo decidido en su perjuicio, la Defensa dedujo recurso de casación, que fue declarado admisible por el a quo; posteriormente, revisada de modo integral la sentencia en el marco de los agravios deducidos, por Sentencia N° 191 del 17 de diciembre de 2014, este Cuerpo declaró mal concedido tal remedio.
2. Que la misma parte deduce recurso extraordinario federal, del que se corre traslado a la Fiscalía General por el término de ley (art. 257 Ley 22434), y a fs. 321/327 vta. se agrega su escrito de contestación.
3. Que la recurrente refiere cumplir las condiciones formales de admisibilidad del recurso extraordinario federal, menciona los antecedentes de la causa y cita in extenso los argumentos del recurso de casación.
Luego ingresa en el desarrollo de los fundamentos del remedio intentado, considerando que el Superior Tribunal ha omitido expedirse sobre el planteo de nulidad de la sentencia y, consecuentemente, se ha apartado arbitrariamente de la exigencia legal que determina que “los agravios son la medida del recurso” y, por ende, deben ser analizados adecuadamente con el fin de que la sentencia sea un acto jurídicamente válido.
/// De modo concurrente, señala que el fallo recurrido constituye un supuesto de sentencia arbitraria ya que, no obstante reconocer y resaltar las contradicciones del pronunciamiento condenatorio, lo confirma mediante un análisis forzado de sus conclusiones.
Argumenta que, si bien la apreciación de la prueba constituye facultad de los jueces de la causa y no es susceptible de revisión en la instancia...

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