Sentecia definitiva Nº 10 de Secretaría Laboral y Contencioso Administrativo STJ N3, 10-02-2020

Fecha10 Febrero 2020
Número de sentencia10
EmisorSecretaría Laboral y Contencioso Administrativo nº3
///MA, 10 de febrero de 2020.
Visto: Las presentes actuaciones caratuladas: "RUBIO NAHUELQUIN, LUISA MAGDALENA C/FEDERACION PATRONAL SEGUROS ART S.A. S/ACCIDENTE DE TRABAJO (l) S/INAPLICABILIDAD DE LEY" (Expte. N° A-3BA-247-L2017 // 30428/19-STJ), puestas a despacho para resolver, y
CONSIDERANDO:
El señor Juez doctor Sergio M. BAROTTO dijo:
1. Antecedentes de la causa:
Mediante la sentencia obrante a fs. 616/626, la Cámara Segunda del Trabajo de la IIIa. Circunscripción Judicial con asiento de funciones en la ciudad de San Carlos de Bariloche declaró la inconstitucionalidad de los arts. 46 inc. 1 y 12 inc. 1 y 2 de la Ley 24557 rechazando el planteo de inconstitucionalidad del Decreto 472/14.
Hizo lugar a la demanda instaurada contra la accionada, condenándola a pagar a la actora una suma determinada de dinero en concepto de indemnización por incapacidad parcial y permanente conforme cálculo previsto en el art. 14 inc. 2 ap. a) de la Ley 24557 con mas el 20% de indemnización adicional conforme art. 3 de la Ley 26773 y los intereses desde la fecha del siniestro hasta la fecha de pago. Con costas.
Para así decidir tuvo por debidamente acreditado el accidente sufrido por la actora en su calidad de mucama del Hotel "Monte Cerviño", otorgándole una incapacidad parcial permanente y definitiva del 13% de la t.o. basándose en la pericia médica realizada en autos.
Aplicó la Ley 26773, y tomó como monto base el salario del mes de agosto de 2018 a los fines de determinar el monto indemnizatorio, con mas las prestaciones en especie, médicas, farmacológicas y de asistencia especializada para asistir a la actora.
Contra lo así decidido se alzó la parte demandada a través del recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley en los términos de la presentación que luce a fs. 634/643 vta. el que fue concedido parcialmente por el grado solo por el agravio relativo a la inconstitucionalidad del art. 12 de la ley 24557.
2. Agravios del recurso:
En sustento de la pretensión recursiva articulada -en lo aquí pertinente-, la recurrente considera que la Cámara incurrió en errónea aplicación de la ley y arbitrariedad en cuanto a la determinación del ingreso base mensual para calcular las prestaciones dinerarias por las que se la condena. Se agravia por no tomar el salario de la fecha del accidente (julio 2015) sino del mes en el cual se realizó la pericia médica (agosto 2018), cuando la trabajadora ya no prestaba servicios para la empleadora siendo por ello -sostiene- una sentencia extra petita, máxime...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR