Sentencia Nº 0 de Corte Suprema de Justicia de Tucumán, 18-10-2021

Número de sentencia0
Fecha18 Octubre 2021
MateriaA.E.T. S/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL Y ABUSO SEXUAL SIMPLE EN CONCURSO REAL - ART. 119 PAR. 1 Y 3 CTE CON EL 55 DEL CP.

CONTENIDO 1. ALEGATOS DE APERTURA 3 1.1. FISCALÍA 3 1.2. DEFENSA 7 2. PRODUCCIÓN DE LA PRUEBA 7 2.1. ACUERDOS PROBATORIOS 8 2.2. TESTIGOS PRESENTADOS 8 2.3. PRUEBA DOCUMENTAL 9 2.4. ASPECTOS CENTRALES DE LOS TESTIMONIOS PRODUCIDOS EN JUICIO 9 DÍAZ, G.A. 9 INTERROGATORIO DE LA FISCALÍA 9 INTERROGATORIO DE LA DEFENSA 12 INTERROGATORIO DE LA DEFENSORÍA DE LA NIÑEZ 13 ACLARATORIA FISCALÍA 14 IBARRA, M.E. 14 INTERROGATORIO DE LA FISCALÍA 14 INTERROGATORIO DE LA DEFENSORA DE NIÑEZ 17 INTERROGATORIO DE LA DEFENSA 18 Lie. LUCÍA CASTELLOTE 19 INTERROGATORIO DE LA FISCALÍA 19 INTERROGATORIO DE LA DEFENSORÍA DE LA NIÑEZ 22 Lie. N.F. 25 INTERROGATORIO DE LA FISCALÍA 25 PREGUNTAS DE LA DEFENSORÍA DE LA NIÑEZ 27 EXTRACTO CÁMARA GESELL MED 28 EXTRACTO CÁMARA GESELL MAD 42 EXTRACTO CÁMARA GESELL GAD 49 Lie. G.P. 57 INTERROGATORIO DE LA FISCALÍA 57 INTERROGATORIO DE LA DEFENSORÍA DE NIÑEZ 58 INTERROGATORIO DE LA DEFENSA 59 Lie. FLORENCIA JIMÉNEZ 60 INTERROGATORIO DE LA FISCALÍA 60 DR. JAVIER DE MORENO 62 INTERROGATORIO DE LA FISCALÍA 62 Firmado digitalmente por: SU'AREZ María Jimena Fecha y hora: 21.10.2021 07:54:51 INTERROGATORIO DE LA DEFENSORÍA DE NIÑEZ 64 INTERROGATORIO DE LA DEFENSA 64 DR. E.G. RASJIDO 65 INTERROGATORIO DE LA FISCALÍA 65 3. ALEGATOS DE CLAUSURA 69 3.1. FISCALÍA 69 3.2. DEFENSA 74 3.3. RÉPLICA FISCALÍA 80 3.4. DÚPLICA DEFENSA 81 4. DECLARACIÓN DE LA PERSONA ACUSADA 81 PRIMERA DECLARACIÓN AL INICIAR EL DEBATE 82 SEGUNDA DECLARACIÓN DEL IMPUTADO 82 INTERROGATORIO DE LA DEFENSA 82 5. PALABRAS FINALES 83 PALABRA FINAL DE LA MADRE DE LAS NIÑAS VÍCTIMAS 83 5. DELIBERACIÓN 83 A LA PRIMERA CUESTIÓN: MATERIALIDAD DEL HECHO Y AUTORÍA, LA JUEZA BALCÁZAR DIJO: 84 CON RELACIÓN A LA SEGUNDA CUESTIÓN: CALIFICACIÓN JURÍDICA, LA JUEZA BALCÁZAR DIJO: 103 RESPECTO A LA TERCERA CUESTIÓN: GRADUACIÓN Y MONTO DE LA PENA, LA DRA. M.A. DIJO: 114 CON RELACIÓN A LA CUARTA CUESTIÓN: MEDIDAS DE COERCIÓN, EL TRIBUNAL DIJO: 117 CON RELACIÓN A LA QUINTA CUESTIÓN: ASISTENCIA A LA VÍCTIMA, EL TRIBUNAL DIJO: 117 CON RELACIÓN A LA SEXTA CUESTIÓN: RECOMENDACIÓN DE INVESTIGAR, LA DRA. M.A.B. DIJO: 118 CON RELACIÓN A LA ÚLTIMA CUESTIÓN: HONORARIOS, EL TRIBUNAL DIJO: 119 6. RESOLUCIÓN 119 En la ciudad de San Miguel de Tucumán, Provincia de Tucumán, a los 21 días del mes de octubre del año dos mil veintiuno, el tribunal de juicio integrado por las juezas M.A.B., M.J.S. y el juez F.M., dictan Sentencia de responsabilidad en el Legajo Nro. S-300811/2020 caratulado AGUILAR EUSEBIO TORIBIO S/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL Y ABUSO SEXUAL SIMPLE EN CONCURSO REAL - ART. 119 PÁR. 1 Y 3 CTE CON EL 55 DEL CP VICT: MED, MAD, GAD contra AGUILAR, E.T., DNI. 7628515, 72 años de edad, domiciliado en Finca Aguilar, Localidad de San Vicente, Depto. C., a 17 KM. de la Ruta Nacional 9, Tucumán, hijo de J.T.A. (f) y J.d.R.L.(.f) Las audiencias de juicio de responsabilidad y pena fueron realizadas los días 12, 13 y 14 de octubre del corriente año y presididas por el juez F.M.. Intervinieron desde la acusación: por el Ministerio Fiscal la Dra. E.P.-.S. de la Fiscalía Especializada en Delitos contra la Integridad Sexual 1-, en representación de las víctimas menores de edad la Dra. A.M.R.M.D. de Niñez, Adolescencia y Capacidad Restringida de la Tercera Nominación. Intervino desde la defensa el Dr. L.M.R.R.. 1. ALEGATOS DE APERTURA 1.1. FISCALÍA La audiencia que hoy nos convoca se puede resumir en un solo título: hombre de 70 años, aprovechándose de la inocencia y la vulnerabilidad de 3 niñas, abusó reiteradamente de ellas. Hablamos Sr. presidente del Tribunal de 3 niñas de 12, 10 y 8 años a las que las vamos a nombrar como GAD, MAD y MED. La presente investigación penal preparatoria que decantó en el presente juicio se inicia con sumario policial digital proveniente de la comisaría de el Colmenar en donde el ciudadano G.D. denunció que al llegar sus hijas GAD de 12 años junto a MED se acercaron a él, volvían de la calle, ambas llorando le manifestaron que momentos antes el vecino a quien le dicen T., mayor de edad y se domicilio frente de su vivienda, las llama y las hace ingresar al interior de su vivienda. Allí este exigió a sus hijas que se bajen los pantalones, les tocó las partes íntimas a la más chica y la obligó a que le toque su miembro. Fue en ese momento, que la más grande salió corriendo. También explicó al personal policial que T. pertenece a una familia problemática conocida como los patas sucias en el barrio. El informe socioambiental realizado por parte de personal de la comisaría de El Colmenar, por el oficial específicamente N.J.E., quien además tomó las denuncias de los progenitores, surgiría, como lo tengo dicho, como la convención, que el imputado tiene 70 años de edad, que reside frente a la vivienda de la víctima y lo hace junto a su esposa, doña U.. Que sería una persona problemática que tiene la costumbre de llamar a los niños al interior de su domicilio, sería alcohol y conflicto. De igual manera, radicada la denuncia del padre, denuncia la señora M.E.I., madre de la niña quien relata que también con fecha 7 de septiembre de 2020, ella estaba en su casa haciendo los quehaceres de la casa y su hija estaba jugando en la vereda con una vecinita que se llama N., hija de la señora E.. Que serían tipo 16 a 18 horas y al rato llegan sus hijas M. y Mía y le dicen que el vecino T. les había dado cuadernos para escribir sin pedirles nada. En ese momento ella dice que no le prestó atención. Luego sus hijas siguieron jugando en la vereda y comiendo naranjas, que habían comprado un rato antes. Luego una niña de la cuadra le dice que le pregunte por qué, le dice a ella, por qué le habían dado los cuadernos. Entonces, la madre le pregunta a su hija M y le dice que el vecino T. le había dicho a M y Mía que entren a su casa, a una de las habitaciones y les hizo apagar la luz. Cerró la puerta de la habitación, le bajó los pantalones hasta las rodillas. A M le bajó la bombacha y le ha dicho que M le toque su pene. Y T. le tocó con una mano a ella en su vagina. A M le bajó el pantalón hasta la rodilla pero no la tocó. Luego M le dijo T. que fueran todos a su casa y les ofreció caramelos y cuadernos. Dice la madre de la víctima que incluso les hacía señas a M para que se acerque a su casa, pero esta no fue. Esta dice que es la primera vez que ocurre una cosa así con sus hijas. Es la primera vez que sus hijas entraron a la casa de T.. Antes no habían entrado nunca. Esto es lo que informa la madre. En razón de eso, la unidad fiscal ordenó la inspección del grupo familiar y dio intervención en un principio a la oficina de atención a la víctima, perteneciente a la CSJT a través del abogado, el Dr. E.R., quien tomó intervención en los términos del 277. Así fue que conforme se relató en audiencia de reformulación de cargos de fecha 16 de marzo de este año, este ministerio va a probar que el imputado aquí presente, el Sr. E.T.A., aprovechándose de su superioridad física, como de la condición de vecindad, desde que MED tenía la edad de 8 años y hasta que cumplió los 10 años, siempre su domicilio en calle las Talitas, Barrio 156, M.F., casa 9, en horas de la siesta o de la tarde, hacía ingresar a su vivienda y luego a su habitación, cuando no había nadie y le realizaba diversas prácticas sexuales. Le hacía quitarse el pantalón para tocarle la vagina con sus manos. Se bajaba el pantalón, le mostraba su pene y se lo frotaba en sus partes íntimas. Tirándose incluso, Sr. Presidente, encima de la niña en la cama, llegándole a chuparle la vagina e introducir sus dedos en la vagina de la niña a pesar de su negativa y su constante resistencia. Mientras, le decía que quería que ella fuera su esposa, siendo la última vez el día 7/9/2020 entre 16 y 18 horas, cuando la víctima ya tenía 10 años y se encontraba con su hermana MAT de 8 años jugando en la vereda, fue que entonces el imputado T. hizo ingresar a MED a su casa, agarrándola del brazo la llevó a su habitación y ahí la desvistió, la besó, generándole un chupón, tocó su vagina, su cola, introdujo sus dedos en la vagina de la niña e intentó accederla con su pene, no lográndolo, haciéndola llorar, cuando la menor huyó de la habitación para que luego ingrese MAT, de tan solo 8 años, mientras las otras niñas estaban en el dormitorio de sus hijas. Fue ahí que el imputado aquí presente, por debajo de la ropa y por encima de la bombacha, tocó la cola de MAT, cesando su accionar ante la reacción de la última que le dio una patada y salió corriendo, diciéndole a T. que no iba a volver nunca a su casa. No tranquilo con ello, sorprendió a GAD de 12 años, cuando se encontraba en su cocina y le tocó la cola por encima de la ropa, procediendo luego el imputado, a ofrecerles Colegio de Jueces Penales del Centro Judicial Capital de la Provincia de Tucumán caramelos y plata, saliendo de la casa todas las menores y contando la víctima MAT de 8 años lo sucedido a su madre, lo que generó la denuncia que he detallado. En fecha ya 20/10/2020, declara en la cámara de observación la niña MED, quien de forma espontánea expresó las vivencias intrusivas ocasionadas por el acusado, las que fueron reiteradas y se corresponden, sin lugar a dudas, con el examen ginecológico que se va a mostrar posteriormente, que se va a demostrar específicamente que en el himen se observan desgarros de antigua data entre horas 3 y 9 y, dentro de sus conclusiones, relata el galeno, que la presencia de desgarro incompleto de antigua data al nivel del himen es compatible con la penetración vaginal de un dedo o elemento de similares características, con data no mayor a 7 o 10 días. Por otro lado, este ministerio también cuenta con el informe técnico de la licenciada Lucía Castellote del gabinete multifuero de la CSJT, quien en entrevista de cámara de observación que tanto las víctimas MED y MAD fueron claras y contundentes al señalar al acusado como el autor del abuso. Explicando situaciones de tiempo, lugar y modo, en la forma en que se produjo y dando detalles...

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