Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 12 de Septiembre de 2023

Fecha de Resolución12 de Septiembre de 2023
EmisorCorte Suprema de Justicia
Número de Expediente0000
T. 329, PS. 389/392.

Santa Fe, 12 de septiembre del año 2023
VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el demandado contra la resolución del 3 de octubre de 2022, dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Laboral número nueve de la ciudad de R. en autos "SINDICATO DE PEONES DE TAXIS DE ROSARIO contra ALSINA, N.C. -COBRO DE PESOS- RUBROS LABORALES- (EXPTE. 1673/2020 - CUIJ 21-04175959-0" (Expte. C.S.J. CUIJ 21-00515023-7); y,
CONSIDERANDO:
1. Se desprende del memorial recursivo y de los considerandos expresados en la otrora resolución de esta Corte (A. y S. T. 320, p. 434) que por sentencia número 643 del 9.05.2022, el Juez de Primera Instancia en lo Laboral número nueve de la ciudad de R. en juicio de apremio principal rechazó las excepciones opuestas por el demandado y ordenó seguir adelante la ejecución.
Contra tal pronunciamiento, el accionado interpuso recurso de inconstitucionalidad, el que fue denegado mediante un simple proveído, dictado y rubricado por la actuaria el 13.05.2022. Resolución que motivó la presentación directa del recurrente ante esta Corte.
Oportunamente, este Alto Tribunal anuló el decreto impugnado y dispuso que el tribunal que corresponda, previa sustanciación del recurso de inconstitucionalidad, se pronuncie sobre la admisibilidad del mismo.
Recibidos los autos, el Juez de origen ordenó la sustanciación del recurso de inconstitucionalidad, mediante el traslado corrido a la parte actora.
Contra dicho proveído, el demandado interpuso nuevamente recurso de inconstitucionalidad, manifestando que debía ser el juez subrogante el que sustancie y resuelva el recurso extraordinario interpuesto, de lo contrario se violaría el debido proceso "porque realiza el trámite de sustanciación y resuelve la cuestión quien ya preopinó".
Por su parte, el magistrado por resolución número 1860 del 17.11.2022 denegó el recurso de inconstitucionalidad; circunstancia que motivó una nueva presentación directa del impugnante ante esta Corte.
2. El planteo recursivo estriba en que se afecta el debido proceso. Sin embargo, dicha postulación deja de tener sustento a poco que la primera nulidad se debió a que la denegatoria del recurso de inconstitucionalidad, además de no haber sido sustanciada, fue suscripta por la actuaria y no por el titular del órgano jurisdiccional. Por lo que el prejuzgamiento imputado no se compadece con lo acontecido en la causa y la declaración de irregularidad...

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