Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 5 de Septiembre de 2023

Fecha de Resolución 5 de Septiembre de 2023
EmisorCorte Suprema de Justicia
Número de Expediente0000
T. 329, PS. 296/299.

Santa Fe, 5 de septiembre del año 2023.
VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la defensa de S. J. A. M. contra el acuerdo 124, del 3 de marzo de 2023 dictado por los Jueces del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de Santa Fe, doctores R., Á. y C., en autos caratulados "., S. J. A. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL: 'M., S. J. A. S/ HOMICIDIO DOLOSO CALIFICADO - APELACIÓN DEFENSA SENTENCIA CONDENATORIA'- (CUIJ 21-082234321-1 Y ACUMULADO)" (EXPTE. C.S.J. CUIJ N°: 21-00515191-8); y,
CONSIDERANDO:
1. Mediante la resolución referida, los nombrados Magistrados confirmaron el fallo apelado -por el que se había condenado a S. J. A. M. como autor penalmente responsable de los delitos de homicidio triplemente calificado por el vínculo, por ser perpetrado para asegurar los resultados de otro delito y lograr su impunidad y por ser de una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre mediando violencia de género, en concurso real con estafa en grado de tentativa-, modificando la calificación legal por la de homicidio doblemente agravado, por haber mantenido una relación de pareja no conviviente con la víctima y por haber sido cometido por un hombre contra una mujer mediando violencia de género (arts. 80, incs. 1 y 11, C., manteniendo la pena de prisión perpetua, accesorias legales, inhabilitación absoluta y costas (arts. 12 y 29, inc. 3 y ccs., C.P.); (fs. 41/53).
2. Contra este pronunciamiento, la defensa técnica del imputado interpone recurso de inconstitucionalidad (fs. 66/91).
Al desarrollar la procedencia de la vía, plantea, en primer lugar, falta de fundamentación suficiente, en el entendimiento de que este requisito no se satisface con la sola presencia de razones en el fallo, sino que éstas deben resultar congruentes con los hechos relevantes de la causa y el derecho aplicable.
En otro orden, postula arbitrariedad en la determinación de la pena. Relata que su parte cuestionó el modo mediante el cual el Tribunal de primera instancia había justificado la sanción. Estima que, al haber potulado que no se podía arribar a la certeza requerida para el dictado de una condena, no correspondía la aplicación de la pena de prisión perpetua, procediendo en su lugar -dice- la absolución de su pupilo. Agrega que en los antecedentes de M. no existe ninguna causa judicial relacionada con la violencia de género alegada por los Acusadores y corroborada por el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR