Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 15 de Agosto de 2023

Fecha de Resolución15 de Agosto de 2023
EmisorCorte Suprema de Justicia
Número de Expediente0000
T. 328, PS. 464/467.

Santa Fe, 15 de agosto del año 2023.
VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la actora contra la resolución n° 385 del 30.06.2021, dictada por la Cámara de lo Contencioso Administrativo n° 1 de la ciudad de Santa Fe en autos "ACOSTA, D.N. contra PROVINCIA DE SANTA FE -RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO- (EXPTE 188/2012 - CUIJ 21-17475617-9)" (Expte. C.S.J. CUIJ N°: 21-00515032-6); y,
CONSIDERANDO:
1. Surge de las constancias de la causa que por resolución n° 385 la Cámara de lo Contencioso Administrativo n° 1 declaró inadmisible el recurso contencioso administrativo (fs. 1/7).
Contra ese pronunciamiento la accionante deduce recurso de inconstitucionalidad alegando arbitrariedad por apartamiento de las constancias de la causa.
Cuestiona que los jueces declararan inadmisible el recurso contencioso administrativo interpuesto, por considerar extemporánea la revocatoria presentado contra la resolución 193/2000.
Afirma que tal remedio fue interpuesto en otro expediente administrativo donde se persiguió la concesión del suplemento por subrogancia, que la actora invocaba ocupar, pretensión que -dice- difiere de la efectuada posteriormente y que dio origen al presente recurso contencioso administrativo cuyo objeto sería el reconocimiento formal del cargo que desempeñaba en la Jefatura en Estadística del Hospital Sayago y su correspondiente categoría, con más el pago retroactivo de los haberes debidos desde que el puesto estuvo vacante.
Y aduce que la deserción del recurso de apelación, presentado en el primer expediente administrativo, también analizada por el Tribunal obedeció a que ya se había iniciado la vía judicial por denegación presunta.
Por último, critica que los sentenciantes entendieran a mayor abundamiento que no había elemento probatorio alguno que demostrase que le hubiera correspondido la categoría pretendida.
2. Mediante resolución n° 942 del 26.12.2022, la Cámara denegó la concesión del recurso de inconstitucionalidad deducido, por entender que los planteos sólo revelaban la disconformidad de la impugnante con lo resuelto (fs. 10/13), lo que motivó su presentación directa ante esta Corte (fs. 45/54).
3. El presente recurso no ha de prosperar.
Ello es así por cuanto se advierte sin mayor esfuerzo que la presentante ha incumplido con el recaudo de autoabasto del recurso de inconstitucionalidad local, puesto que el mismo carece de un relato suficiente de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR