Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 30 de Agosto de 2023

Fecha de Resolución30 de Agosto de 2023
EmisorCorte Suprema de Justicia
Número de Expediente0000
T. 329, PS. 188/191.

Santa Fe, 30 de agosto del año 2023.
VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el actor contra la sentencia del 24 de febrero de 2023, dictada por la Sala Segunda -integrada- de la Cámara de Apelación en lo Laboral de Santa Fe, en autos "VILLALBA, F.D. contra PREVENCIÓN A.R.T. S.A. - Sent. Accidente y/o Enfermedad Trabajo - (CUIJ 21-04601684-7)" (Expte. C.S.J. CUIJ Nro. 21-00515138-1); y,
CONSIDERANDO:
1. Surge de las constancias de autos que la Sala Segunda -integrada- de la Cámara de Apelación en lo Laboral de la ciudad de Santa Fe resolvió desestimar el recurso de nulidad deducido por la accionada. A su vez, hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por esa parte. En consecuencia, modificó la sentencia de grado -que a su turno receptó parcialmente la demanda- y dispuso el rechazo total de la pretensión. Impuso las costas al accionante.
Contra dicho pronunciamiento, interpone el demandante recurso de inconstitucionalidad en los términos del artículo 1, inciso 3, de la ley 7055. Aduce que el fallo impugnado carece de fundamentación suficiente, resulta arbitrario y vulnera los derechos y garantías constitucionales que enuncia; e invoca lo sorpresivo de la decisión.
En el memorial recursivo el compareciente precisa que la resolución atacada es incongruente desde que los sentenciantes analizaron una situación que no fue planteada por la demandada al apelar. Al respecto, pone de resalto que mientras que las objeciones de la accionada tradujeron su disconformidad con las conclusiones del perito, la Alzada introdujo un tema no controvertido. Esto es, el nexo de causalidad entre la patología y las labores.
Alega la arbitrariedad por prescindencia de prueba concluyente. Resalta que de la pericia efectuada en el cobro de pesos laboral que tramita contra la empleadora -que se trajo como documental a los actuados- y de los informes médicos de parte que obran en esa causa se desprende que las afecciones comprobadas guardan relación con las tareas realizadas. Agrega que el dictamen pericial obrante en autos es coincidente con esa conclusión.
Acusa al Tribunal de aplicarle un excesivo rigorismo a pesar de ser un sujeto de preferente tutela constitucional y convencional y de optar por la solución más injusta.
Sostiene que la personalidad previa del trabajador no reviste la entidad que le otorgan los sentenciantes toda vez que la ley 24557 eliminó la concausa como modo de...

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