Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 15 de Agosto de 2023

Fecha de Resolución15 de Agosto de 2023
EmisorCorte Suprema de Justicia
Número de Expediente0000
T. 328, PS. 490/494.

Santa Fe, 15 de agosto del año 2023.
VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la defensa técnica de M.S.G. contra la resolución 13, del 13.01.2023, dictada por el Juez del Colegio de Cámara de Apelaciones en lo Penal de la Primera Circunscripción Judicial, doctor P.M., en los autos caratulados "GOROSITO, M.S. - RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL: '1) PAIVA, J.C.; 2) GOROSITO, MAURICIO, SEBASTIAN; 3) MORA, JOSE SEBASTIAN S / DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD ROBO SIMPLE - APELACIÓN PRISIÓN PREVENTIVA Y RECHAZO MEDIDAS ALTERNATIVAS' - (CUIJ 21-08958053-3)" (Expte. C.S.J. CUIJ N°: 21-00515100-4); y,
CONSIDERANDO:
1. Mediante el pronunciamiento aludido, el referido Magistrado confirmó el decisorio apelado en cuanto había dispuesto la prisión preventiva de M.S.G., rechazando las medidas alternativas propuestas (fs. 14/29).
2. Contra tal resolución, la defensa del justiciable interpone recurso de inconstitucionalidad (fs. 37/47v.).
De inicio, relata los antecedentes de la causa. Narra que en fecha 17.10.2022 se llevó adelante la audiencia imputativa de su pupilo conforme la calificación legal provisoria de co-autor del delito de robo doblemente calificado por ser cometido en poblado y en banda y por escalamiento (arts. 45; 167, inc. 2 y 167, inc. 4 en función del 163, inc. 4, C.P.) y autor del delito de tenencia ilegítima de arma de fuego de uso civil (arts. 45; 189 bis, inc. 2 primer párr. inc. 1, C., ambos hechos en concurso real entre sí (art. 55, C.P.). Explica que, en tal ocasión y dentro del cúmulo de evidencias en que apoyaba su postura incriminante, la Fiscalía aludió a un testigo cuya identidad decidió reservar. Reconoce que todas las evidencias fueron entregadas a la Defensa 24 horas antes de la audiencia sobre medidas cautelares; salvo la documentación referente a la determinación de la identidad del mentado testigo, la que -dice- fue puesta a su disposición 12 horas después, cuando ya se le había asignado protección judicialmente. Menciona que el 19.10.2022 tuvo lugar la audiencia sobre medidas cautelares, oportunidad en la que el actor penal solicitó se imponga prisión preventiva a G., oponiéndose a ello la Defensa -en el entendimiento de que las evidencias reunidas no demostraban la participación de su representado en los hechos enrostrados, que la Fiscalía había mentido en la audiencia imputativa al tratar al testigo como de identidad reservada cuando...

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