Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 15 de Mayo de 2023

Fecha de Resolución15 de Mayo de 2023
EmisorCorte Suprema de Justicia
T. 327 PS. 16/19
Santa Fe, 15 de mayo del año 2023.
VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la defensa técnica de L. M. A., contra la sentencia de fecha 15 de septiembre de 2022, dictada por el Colegio de Jueces de Cámara de Apelación en lo Penal de la Segunda Circunscripción Judicial, integrado por las doctoras A. y S. y por el doctor Llaudet, en autos "A., L. M. - Recurso de Inconstitucionalidad en carpeta judicial: A., L. M. s/abuso sexual con acceso carnal - (CUIJ 21-08307836-4)" (Expte. C.S.J. CUIJ NRO. 21-00515037-7); y,
CONSIDERANDO:
1. En la presente causa el Colegio de Jueces de Cámara de Apelación en lo Penal de la Segunda Circunscripción Judicial, integrado por las doctoras A. y S. y por el doctor Llaudet, por acuerdo N° 432 de fecha 15 de septiembre de 2022, resolvió confirmar parcialmente la sentencia de grado en cuanto condenara, en su oportunidad, a A. como autor penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal, modificando la pena, la que determinara en siete años de prisión (fs. 22/29v.).
Contra tal pronunciamiento, la defensa del nombrado, interpuso recurso de inconstitucionalidad, por considerar que el mismo no reúne las condiciones mínimas requeridas para satisfacer el derecho a la jurisdicción que acuerda la Constitución, al resultar violatorio de garantías constitucionales.
En orden a ello, aduce que la Cámara incurre en arbitrariedad al rechazar de manera infundada el pedido de error de prohibición o de tipo formulado en beneficio de su asistido, sin una aplicación razonada del derecho penal vigente "y creando la falsa ilusión de que nunca se planteó concretamente su tratamiento, cuando ello no es cierto".
Añade que tampoco se evaluó que el detenido es un humilde trabajador, dueño de un pequeño establecimiento en la periferia de S.T., está casado, tiene dos hijas y carece de antecedentes penales.
Pone de resalto que si bien la fiscalía y el juez señalaron que la presunta víctima de 17 años tiene discapacidad física y mental, ello "no aflora a la vista", al tiempo que expresa que no se consideraron en el caso las leyes respectivas que tutelan los derechos de las personas con discapacidad.
También cuestiona el monto de la pena por entender que se aparta del mínimo sin existir agravante alguno y que su pupilo es un encartado primario y padre de familia.
Por otro lado, con base en la enunciación del principio de imparcialidad, recusa a los...

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