Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 21 de Marzo de 2023

Fecha de Resolución21 de Marzo de 2023
EmisorCorte Suprema de Justicia
T 325, PS 113/116.
Santa Fe, 21 de marzo del año 2023.
VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la Defensa de A. J. G., contra la resolución 128 del 20 de septiembre de 2022, del Tribunal Unipersonal del Colegio de Cámara Penal de Apelación de la Tercera Circunscripción Judicial, integrado por el doctor D.C., en autos "G., A. J. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL: 'G., A.J.S./ LESIONES LEVES AGRAVADAS, AMENAZAS COACTIVAS, ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL Y TENENCIA INDEBIDA DE ARMA DE FUEGO' (CUIJ 21-08796701-5)" (EXPTE. C.S.J. CUIJ N°: 21-00514944-1); y,
CONSIDERANDO:
1. Por resolución 128 del 20 de septiembre de 2022, el aludido Tribunal confirmó el decisorio que había dispuesto la prisión preventiva del imputado rechazando, a su vez, las alternativas propuestas (fs. 2/v).
2. Contra el mismo, la Defensa interpone recurso de inconstitucionalidad (fs. 4/24).
En su escrito introductor, alude a la admisibilidad de la vía intentada. Invoca, como causal de procedencia, la prevista en el artículo 1, inciso 3, de la ley 7055, por entender que el pronunciamiento no satisface el derecho a la jurisdicción y por ende resulta arbitrario. Asimismo, enuncia los antecedentes de la causa que considera relevantes (fs. 4/10).
Luego, desarrolla sus alegaciones recursivas:
Invoca que el pronunciamiento es arbitrario por omitir expedirse sobre las alternativas a la prisión preventiva que se propusieron -y que enumera-.
Expresa que las mismas se estimaron tan sólo insuficientes, sin que, no obstante, se fundamentara esa valoración.
Cuestiona que pese a mediar acusación fiscal, se apreciara suficiente fundamento para la peligrosidad procesal, la existencia de un llamado telefónico del imputado, desde su lugar de detención, a la víctima; circunstancia, en su entendimiento, no acreditada y negada por aquél.
Dice que no se motivó que concurriera riesgo de fuga y que la fundamentación no podría provenir sólo del eventual monto punitivo a imponerse.
Manifiesta que no se analizaron de manera adecuada las condiciones personales del imputado.
Cita precedentes que entiende aplicables al caso.
Pretende se declare admisible y -oportunamente- procedente el recurso (fs. 11/24).
3. Por auto 145 del 3 de noviembre de 2022, el A quo denegó el recurso de inconstitucionalidad por entender que tan solo traslucía el mero disenso con lo decidido sin entidad constitucional (fs. 34/36v.), lo que motivó la...

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