Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 09/08/2022

JuezDaniel Aníbal ERBETTA - Roberto Héctor FALISTOCCO - Rafael Francisco GUTIERREZ - Mario Luis NETRI -
Citado como565/22
Fecha09 Agosto 2022
EmisorCorte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe (Argentina)
saij22090290
T. 319, ps. 409/411

Santa Fe, 9 de agosto del año 2022.
VISTOS: Los autos "ARRIOLA, SEBASTIAN ALEJANDRO contra BELLA VISTA S.A. -ESCRITURACIÓN- (CUIJ 21-01602439-9) sobre QUEJA POR DENEGACIÓN DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD" (EXPTE. C.S.J. CUIJ N°: 21-00514229-3) para resolver el recurso deducido por la actora a fojas 114/119v.; y,
CONSIDERANDO:
1. Contra la sentencia dictada el 05 de abril de 2022 (A. y S. T. 316, págs. 496/497) por la cual esta Corte rechazó la queja interpuesta, la actora interpuso recurso de revocatoria "in extremis" por considerarla arbitraria y desajustada a derecho.
En tal sentido, adujo que este Tribunal omitió expedirse sobre su planteo de inconstitucionalidad del instituto del arraigo y cuestionó que no se haya exigido previamente el pago de las costas del incidente anteriormente perdido (art. 328, C.P.C.C.).
Expresó que la Alzada rechazó el incidente de nulidad de notificación, por lo que pretende se determine el alcance de la circular 202/20 referente a la presentación y recepción de cédulas entre profesionales desde el SISFE.
Finalmente, insistió en su postura respecto de que el auto que hace lugar al...

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