Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 1 de Noviembre de 2022

Fecha de Resolución 1 de Noviembre de 2022
EmisorCorte Suprema de Justicia
T. 322 PS. 101/105
Santa Fe, 1 de noviembre del año 2022.
VISTOS: Los autos "CHAMORRO, J.E. - RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL: 'CANTERO, A.M.; MACHUCA, R.E.; DELMASTRO, J.A.; V., L.A.C., J.E.; JURE, W.D.; SALOMON, M.G.F., E.A.; AVACA, ANGEL ALBANO; L., O.A.A.G., S.J.R., A.M.R., J.J.; BLANCHE, R.S.G., W.R.; LAPIANA, F.R.; VERDUN, L.M.; OTADUY, R.M.; E., EDUARDO ANACLETO Y CARDENAS, DIEGO JAVIER S / ASOCIACION ILICITA, ETC' - (CUIJ 21-07014072-9) sobre QUEJA POR DENEGACIÓN DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD" (EXPTE. C.S.J. CUIJ N°: 21-00512439-2), venidos para resolver acerca de la concesión del recurso extraordinario para ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación interpuesto por la defensa del imputado, contra la sentencia de este Tribunal de fecha 22 de marzo de 2022; y,
CONSIDERANDO:
1. El recurso deducido por la compareciente (fs. 342/358) contra la resolución de este Tribunal -integrado- registrada en A. y S. T. 316, págs. 84/94, no cumple con los recaudos dispuestos en el artículo 3, incisos "d" y "e" del reglamento aprobado por la acordada 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
En efecto, la impugnante no efectúa una crítica prolija y razonada de la decisión atacada, refutando debidamente todos y cada uno de los fundamentos independientes que le dan sustento en relación con las cuestiones federales planteadas. Así como tampoco demuestra que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas y lo debatido y resuelto en el caso, y que la resolución sea contraria al derecho invocado por su parte con fundamento en aquéllas.
Ello es así por cuanto se advierte que, en esencia, la recurrente se limita a insistir con sus postulaciones recursivas -tanto ordinarias como extraordinarias-, sin brindar argumentos eficaces en orden a demostrar que este Tribunal hubiese rechazado la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad local contra el fallo de Cámara que confirmara la sentencia condenatoria impuesta a su asistido, sin brindar razones jurídicas suficientes, de modo arbitrario o lesivo de derechos constitucionales.
2. En sus agravios, la presentante expone que la cuestión federal radica en que a su defendido se lo privó de la garantía convencional y constitucional de contar con un juez o tribunal imparcial.
En primer lugar, en razón de la manifiesta parcialidad del juez instructor doctor Vienna, quien dispuso las escuchas telefónicas en las cuales se...

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