Sentencia de Cámara Nacional Electoral del 18-07-2023

Fecha18 Julio 2023
Número de expedienteCNE 5682-2023-1-CA1
#37998375#376888166#20230718104650156
Poder Judicial de la Nación
CÁMARA NACIONAL ELECTORAL
Corresp. E.. Nº CNE 5682/2023/1/CA1
RECURSO EXTRAORDINARIO
///nos Aires, 18 de julio de 2023.-
Y VISTOS: para resolver acerca de la
admisibilidad del recurso extraordinario interpuesto a
fs. 49/62 de los autos: “Recurso de apelación de Unión
por la Patria en autos Unión por la Patria
s/reconocimiento de alianza electoral distrito
Corrientes” (E.. CNE 5682/2023/1/CA1), contra la
sentencia de fs. 47/48, y
CONSIDERANDO:
1°) Que contra la sentencia de este
Tribunal (cf. fs. 47/48) que confirmó la de primera
instancia, en cuanto rechazó la oficialización de la
lista de precandidatos ‘La Mística del 16 de junio’ por
no cumplir con el requisito formal de la presentación de
avales; M....A....R., interpone el recurso
extraordinario en examen (cf. fs. 49/62).-
2º) Que el recurrente alega la
existencia de una cuestión federal toda vez que, según
entiende, “[l]a sentencia objeto del debate federal
resulta ser contraria a principios constitucionales y
procesales básicos y elementales, toda vez que la misma
[según su entender] conculca […] la garantía de la
///
Fecha de firma: 18/07/2023
Firmado por: A.R.D.V.
Firmado por: D.B., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: S.H.C.
Firmado por: H.R.G.F., SECRETARIO CAM. NAC. ELECTORAL

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