Sentencia de Cámara Nacional Electoral del 16-07-2019

Fecha16 Julio 2019
Número de expedienteCNE 4801-2019-1-CA1
CAUSA: “Recurso de apelación
de apoderado de lista
interna Participación y
Renovación alianza Juntos
por el Cambio en autos
Comicios 2019 s/aprobación
modelo de boleta. Elecciones
primarias” (EXPTE. Nº CNE
4801/2019/1/CA1)
NEUQUÉN
///nos AIRES, 16 de julio de 2019.-
Y VISTOS: Los autos “Recurso de apelación de
apoderado de lista interna Participación y Renovación
alianza Juntos por el Cambio en autos Comicios 2019
s/aprobación modelo de boleta. Elecciones primarias”
(EXPTE. Nº CNE 4801/2019/1/CA1), venidos del juzgado
federal con competencia electoral de Neuquén, en virtud
del recurso de apelación subsidiariamente interpuesto y
fundado a fs. 58/60 vta. contra la resolución de fs.
11/vta., obrando el dictamen del señor fiscal actuante
en la instancia a fs. 79/80, y
CONSIDERANDO:
1°) Que a fs. 11/vta. la señora
jueza de primera instancia decide -en cuanto aquí
interesa- intimar a los apoderados de la alianza “Juntos
por el Cambio”, del distrito Neuquén, a acompañar “el
correspondiente consentimiento expreso del apoderado de
///
Fecha de firma: 16/07/2019
Firmado por: SANTIAGO H. CORCUERA
Firmado por: ALBERTO RICARDO DALLA VIA,
Firmado(ante mi) por: HERNÁN GONÇALVES FIGUEIREDO, Secretario de Actuación Judicial
#33824259#239744201#20190716165204287
/// 2
la lista interna de la categoría presidencial de adherir
las boletas con la[] lista[] interna[] [`Participación y
Renovación´] de[l] […] [d]istrito […] bajo
apercibimiento [de] no autorizar la adhesión de las
[mismas]” (cf. fs. 11 vta.).-
Contra esa decisión, Cristian Galvan
-apoderado de la lista citada- interpone revocatoria con
apelación en subsidio a fs. 58/60 vta..-
A fs. 70/72 la magistrado rechaza la
reposición intentada y concede el recurso incoado.-
A fs. 79/80 emite dictamen el señor
fiscal actuante en la instancia, quien considera que
debe confirmarse la resolución apelada.-
2°) Que en el sub examine, la línea
interna “Participación y Renovación” de la alianza
“Juntos por el Cambio” del distrito Neuquén, pretende
adherir sus listas de precandidatos de Senadores
Nacionales y de Diputados Nacionales, a la lista de
precandidatos de Presidente y Vicepresidente de la
Nación, denominada “Juntos Somos el Cambio” de la
alianza homónima, del orden nacional.-
Al respecto, debe advertirse que el
decreto 443/11 prevé -en lo que aquí interesa- que
“[p]ara las elecciones primarias, abiertas, simultaneas
y obligatorias, la unión de las boletas de las listas de
precandidatos deberá contar, además, con el
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