Sentencia de Cámara Nacional Electoral del 18-10-2018

Fecha18 Octubre 2018
Número de expedienteCNE 8175-2016-CA1
#29092211#218667300#20181018135558908
Poder Judicial de la Nación
CÁMARA NACIONAL ELECTORAL
CAUSA: “Unión Cívica Radical
s/control de estado contable
– Año 2015” (Expte. Nº CNE
8175/2016/CA1)
NEUQU ÉN
///nos Aires, 18 de octubre de 2018.-
Y VISTOS: Los autos “Unión Cívica Radical
s/control de estado contable Año 2015” (Expte. Nº CNE
8175/2016/CA1) venidos del juzgado federal con
competencia electoral de Neuquén en virtud del recurso de
apelación interpuesto y fundado a fs. 209/212 vta. contra
la resolución de fs. 118/124, obrando el dictamen del
señor fiscal actuante en la instancia a fs. 220/224, y
CONSIDERANDO:
1°) Que a fs. 118/124 la señora jueza
federal con competencia electoral resuelve -en lo que
aquí interesa- [n]o aprobar los estados contables
presentados por el partido Unión Cívica Radical
[d]istrito Neuquén, correspondientes al ejercicio
contable año 2015 (cf. fs. 123 vta.), y “[m]antener la
sanción de pérdida del aporte para desenvolvimiento
institucional correspondiente a un ejercicio contable,
[…] obrante a fs. 1/3” (cf. fs. 124).-
Contra dicha decisión, C. Aníbal
Gass y H. Manuel Unzaga –presidente y apoderado
///
Fecha de firma: 18/10/2018
Firmado por: A.R.D.V.,
Firmado por: SANTIAGO H. CORCUERA
Firmado(ante mi) por: H.G.F., Secretario de Actuación Judicial

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR