Sentencia de Cámara Nacional Electoral del 12-11-2015

Número de expedienteCNE 7364-2015-CA1
Fecha12 Noviembre 2015
Poder Judicial de la Nación
CÁMARA NACIONAL ELECTORAL
///
CAUSA: “Rodríguez Calascibetta,
Verónica y otro s/reclamo sobre
validez de votos o resultados de
mesa – solicita apertura urnas por
un voto recurrido” (Expte. CNE
7364/2015/CA1)
CATAMARCA
///nos Aires, 12 de noviembre de 2015.-
Y VISTOS: los autos “Rodríguez
Calascibetta, Verónica y otro s/reclamo sobre validez de votos
o resultados de mesa solicita apertura urnas por un voto
recurrido” (Expte. CNE 7364/2015/CA1) venidos de la Junta
Electoral Nacional de Catamarca en virtud del recurso de
apelación subsidiariamente interpuesto a fs. 3/5 contra la
resolución de fs. 2/vta., obrando el dictamen del señor fiscal
actuante en la instancia a fs. 21/22, y
CONSIDERANDO:
Que es indispensable recordar que
es requisito común a todos los recursos la existencia de un
gravamen concreto, actual e irreparable, de modo que aquéllos
resultan inadmisibles si, como ocurre en el caso, no se indica
dónde reside el interés para apelar (cf. doctrina de Fallos
CNE 2417/98; 3416/05 y 3847/07).-
En efecto, en el sub examine, la
recurrente no explica cuál es el perjuicio concreto y actual
que motiva su apelación pues si bien alega que la incidencia

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