Sentencia de Cámara Nacional Electoral del 27-07-2017

Fecha27 Julio 2017
Número de expedienteCNE 6518-2017-CA1
Poder Judicial de la Nación
CÁMARA NACIONAL ELECTORAL
///
CAUSA: “Graffigna Mauro Leonel
apoderado línea interna 35
Quilmes- y otro s/elecciones
primarias solicita
oficialización de boleta y
adhesión –Alianza Unidad
Ciudadana-” (Expte. CNE
6518/2017/CA1)
BUENOS AIRES
///nos Aires, 27 de julio de 2017.-
Y VISTOS: Los autos “Graffigna Mauro Leonel
apoderado línea interna 35 Quilmes- y otro s/elecciones
primarias solicita oficialización de boleta y adhesión
Alianza Unidad Ciudadana-” (Expte. Nº CNE 6518/2017/CA1),
venidos del juzgado federal con competencia electoral de
Buenos Aires en virtud del recurso de apelación interpuesto y
fundado a fs. 47/53 vta. contra la resolución de fs. 43/45
vta., obrando el dictamen del señor fiscal actuante en la
instancia a fs. 66/67 vta.,
CONSIDERANDO:
1°) Que contra lo resuelto por el
señor juez de primera instancia (cf. fs. 43/45 vta.), en
cuanto dispone no hacer lugar al recurso planteado por el
apoderado de la lista 35 de Quilmes de la alianza Unidad
Ciudadana, distrito Buenos Aires, de adherir su boleta de
precandidatos a concejales provinciales a “la correspondiente
boleta seccional” (cf. fs. 6) “(tercera)” (cf. fs. 8), aquél
apela y expresa agravios a fs. 47/53 vta..-

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