Sentencia de Cámara Nacional Electoral del 14-07-2016

Fecha14 Julio 2016
Número de expedienteCNE 3417-2014-CA1
Poder Judicial de la Nación
CÁMARA NACIONAL ELECTORAL
Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional
///
CAUSA: “R., D.S.
s/exclusión del padrón electoral –
art. 3º C.E.N.” (E.. Nº CNE
3417/2014/CA1)
CAPITAL FEDERAL
///nos Aires, 14 de julio de 2016.-
Y VISTOS: Los autos “R., D.
Sebastián s/exclusión del padrón electoral art. C.E.N.”
(E.. Nº CNE 3417/2014/CA1), venidos del juzgado federal con
competencia electoral de la Capital Federal, en virtud del
recurso de apelación deducido y fundado a fs. 33/35 vta.
contra la resolución de fs. 29/31, y
CONSIDERANDO:
1°) Que a fs. 33/35 vta. el
representante del Ministerio Público Fiscal actuante ante el
juzgado federal con competencia electoral de la Capital
Federal apela la sentencia de fs. 29/31, en cuanto rechaza el
planteo de inconstitucionalidad de las normas en las que se
fundó para mantener -por razón de condena penal- la
inhabilitación electoral del ciudadano de autos (cf. artículo
inc. “e” del Código Electoral Nacional y artículos 12 y 19
del Código Penal de la Nación).-
2º) Que la cuestión planteada en
el caso es sustancialmente análoga a la tratada mediante
sentencia del pasado 24 de mayo in re “Procuración

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