Sentencia de Cámara Nacional Electoral del 28-03-2017

Número de expedienteCNE 3575-2015-CA1
Fecha28 Marzo 2017
Poder Judicial de la Nación
CÁMARA NACIONAL ELECTORAL
///
Corresp. Expte. Nº CNE 3575/2015/CA1
RECURSO EXTRAORDINARIO
///nos Aires, 28 de marzo de 2017.-
Y VISTOS: para resolver acerca de la
admisibilidad del recurso extraordinario interpuesto a fs.
64/76 vta. de los autos: “Scacciante, Matías Nahuel
s/inhabilitación (art. 3 CEN)” (Expte. CNE 3575/2015/CA1)
contra la sentencia de fs. 36/vta., y
CONSIDERANDO:
1°) Que contra la sentencia de
este Tribunal (cf. fs. 36/vta.) que revocó la de primera
instancia y, en consecuencia, declaró la inconstitucionalidad
de los incisos “e”, “f” y “g” del artículo del Código
Electoral Nacional y de los artículos 12 y 19 inciso del
Código Penal de la Nación, Florencia G. Plazas –en su carácter
de defensora de Matías Nahuel Scacciante- interpone el recurso
extraordinario en examen (cf. fs. 64/76 vta.).-
2º) Que, la recurrente alega que
[l]a sentencia que […] impugna fracasa en su intento de
asegurar la protección de los derechos al voto y a la
protección judicial efectiva toda vez que difiere su
cumplimiento a un momento indeterminado en el cual el Congreso
Nacional […], modifique la reglamentación vigente (cf. fs.
69). Considera que si bien la sentencia de la Cámara […]
reconoce la inconstitucionalidad de la restricción al derecho

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