Sentencia de Cámara Nacional Electoral del 22-06-2017

Número de expedienteCNE 9478-2016-CA1
Fecha22 Junio 2017
Poder Judicial de la Nación
CÁMARA NACIONAL ELECTORAL
///
CAUSA: “Partido Nacionalista
Constitucional UNIR Capital
Federal c/Banco Ciudad de Buenos
Aires y otro s/amparo” (Expte.
CNE 9478/2016/CA1)
CAPITAL FEDERAL
///nos Aires, 22 de junio de 2017.-
Y VISTOS: Para resolver la aclaratoria
interpuesta a fs. 86/vta., contra la sentencia de fs. 83/vta.,
y
CONSIDERANDO:
1°) Que la Dra. María Fernanda
Bigozzi, en representación de la Administración Federal de
Ingresos Públicos Dirección General Impositiva, deduce
aclaratoria en los términos de los artículos 166, inciso 2º y
272 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación,
respecto del fallo de fs. 83/vta., para que el Tribunal
“aclare la falta de imposición de costas a la actora vencida”
(fs. 86).-
2º) Que toda vez que la sentencia
de fs. 83/vta., dictada en el Expte. CNE 9478/2016/CA1,
omite toda referencia a las costas, resulta de aplicación al
caso la reiterada doctrina según la cual la ausencia de
pronunciamiento expreso sobre aquéllas por parte del Tribunal,
importa que las mismas sean soportadas en el orden causado
(cf. doctrina de Fallos 293:409; 303:1041; 304:1921; 306:241;
319:3361; 321:724; 321:3671; 326:2056, voto del juez Fayt;
326:3177; 327:2960; 327:3140, entre muchos otros; Fallos CNE

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