Sentencia de Cámara Nacional Electoral del 02-06-2015

Fecha02 Junio 2015
Número de expedienteCNE 1003100-2013-CA1
Poder Judicial de la Nación
CÁMARA NACIONAL ELECTORAL
///
CAUSA: “Gramajo, Segundo Julio
Partido Autonomista Orden Nacional
s/impugnación de resolución de
órgano o autoridad partidaria
intervención partidaria” (Expte.
N° CNE 1003100/2013/CA1)
CAPITAL FEDERAL
///nos Aires, 2 de junio de 2015.-
Y VISTOS: Los autos “Gramajo, Segundo Julio
Partido Autonomista Orden Nacional s/impugnación de resolución
de órgano o autoridad partidaria intervención partidaria”
(Expte. CNE 1003100/2013/CA1), venidos del juzgado federal
con competencia electoral de Capital Federal en virtud del
recurso de apelación interpuesto y fundado a fs. 111/113
contra la resolución de fs. 98/102 vta., obrando el dictamen
del señor fiscal actuante en la instancia a fs. 124, y
CONSIDERANDO:
1°) Que contra la decisión de la
señora juez de primera instancia que resuelve “[d]eclarar
finalizada la intervención dispuesta por el Partido
Autonomista orden nacional, respecto del partido de hom[ó]nima
denominación del distrito Buenos Aires” (fs. 102) y “que
carece de interés jurídico pronunciarse en las presentes
actuaciones respecto de la nulidad de la [mencionada]
intervención” (fs. 102/vta.), Segundo Julio Gramajo –invocando

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