Sentecia definitiva Nº 63 de Secretaría Causas Orginarias y Constitucional STJ N4, 02-07-2020

Número de sentencia63
Fecha02 Julio 2020
VIEDMA, 02 de julio de 2020.
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: "SOTO, NICOLAS ENRIQUE S/ HABEAS CORPUS" (Expte. N° OS4-276-STJ2020 // 30769/20-STJ-), puestas a despacho para resolver, y:
CONSIDERANDO:
Que a fs. 1/3 el interno Nicolás Enrique Soto, alojado en el Establecimiento de Ejecución Penal N° II de General Roca, plantea una acción de habeas corpus "in pauperis" vía e-mail, menciona que se encuentra en huelga de hambre y peticiona por su excarcelación.
Que ingresando en el análisis de la procedencia formal de la acción constitucional planteada en los términos de la normativa que lo regula, Ley B 3368 y del art. 43 de la Constitución Provincial, se advierte que conforme el informe glosado a fs. 3 del Complejo Penal Nº II, el interno se encuentra a disposición de la "C. C. 1 Gral. Roca en Expediente N° 8660/17". A su vez, del e-mail obrante a fs. 7 se desprende que el interno se encuentra a disposición de la Oficina Judicial de General Roca y que "entiende en el presente legajo el doctor Emilio Ceferino Stadler, integrante del Foro de Jueces Penales".
Por otro lado, de los registros del sistema Lex Doctor de este Tribunal surge que tramita la causa caratulada: "Soto Nicolás Enrique s/Incidente de excarcelación s/casación" (Expte. N° 30621/19-STJ-), que fue sorteada para dictar sentencia por parte del Cuerpo en pleno y que en fecha 19-06-2020 se dictó la providencia cuya constancia luce a fs. 6.
Por consiguiente la presentación efectuada por el interno a fs. 1/3 no encuadra en el art. 1º y conc(s). de la Ley B 3368 que reglamenta el habeas corpus en jurisdicción de la Provincia.
En tal sentido, en reiterados precedentes este Tribunal ha señalado la improcedencia del habeas corpus cuando ello implica desplazar sin más al juez competente ante quien se encuentra a disposición tanto el condenado como el procesado (STJRNS4 Se. 119/11 "LLambay", Se. 107/13 "Castro", Se. 118/15 "Carriqueo", Se. 47/16 "Galiano", Se. 113/18 "Mobilio"; entre otros).
Además, se tiene presente que: "los Magistrados de esta Provincia, a cuya disposición se encuentran las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR