Sentecia definitiva Nº 19 de Secretaría Penal STJ N2, 27-02-2023

Número de sentencia19
Fecha27 Febrero 2023
EmisorSecretaría Penal STJ nº2
Superior Tribunal de Justicia
Viedma

En la ciudad de Viedma, a los 27 días del mes de febrero de 2023, finalizado el Acuerdo
celebrado entre los miembros del Superior Tribunal de Justicia señoras J.M.C.
C. y L.L.P. y señores J.S.M.B., S.G.C. y R.A.
A., para el tratamiento de los autos caratulados "UNIDAD FISCAL TEMÁTICA N°
5 DE GENERAL ROCA C/CAMPOS C.P., F.S.O.
Y.R.L.A.S.ÓN LEY 22421, INFRACCIÓN ART. 205, TENENCIA
ILEGAL DE ARMAS" - RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL (Legajo MPF-RO-04543-2020),
teniendo en cuenta los siguientes
ANTECEDENTES
Mediante sentencia del 3 de junio de 2022, el Juez de Juicio del Foro de la IIIª.
Circunscripción Judicial resolvió rechazar el planteo de inconstitucionalidad del art. 205 del
Código Penal formulado por la defensa y condenar a la imputada C.P.C. a
la pena de dos (2) años de prisión de ejecución condicional, inhabilitación especial para cazar
por el plazo de siete (7) años y costas del proceso, como coautora penalmente responsable del
delito caza ilegal, agravada por haberse cometido de modo organizado o con el concurso
premeditado de tres o más personas, en concurso real con infracción al art. 205 del Código
Penal y desobediencia en concurso ideal, en calidad de autora (arts. 26, 29, 45 y 25 Ley
22421, y arts. 205, 239 y 54 CP), por los que había sido acusada en el presente legajo.
Asimismo, condenó a los imputados O.F.S. y L.A.R. a la
pena de un (1) año y seis (6) meses de prisión de ejecución condicional, inhabilitación
especial para cazar por el plazo de seis (6) años y seis (6) meses y costas procesales, como
coautores del delito de caza ilegal, agravada por haberse cometido de modo organizado o con
el concurso premeditado de tres o más personas, en concurso real con infracción al art. 205
del Código Penal y desobediencia en concurso ideal, en calidad de autores, (arts. 26, 29, 45 y
25 Ley 22421, y arts. 205, 239 y 54 CP). En oposición a ello la defensa de los coimputados
dedujo una impugnación ordinaria, que el Tribunal de Impugnación (en adelante el TI)


concedió parcialmente, de modo que revocó la decisión referida y absolvió a C.P.
C. del delito de caza ilegal agravada (art. 25 Ley 22421), a la vez que la declaró
responsable del delito de violación de medidas para evitar y/o propagar epidemias previsto en
el art. 205 del Código Penal, en calidad de autora; asimismo, declaró a O.F.
S. y a L.A.R. coautores del delito de caza ilegal (art. 25 Ley 22421) en
concurso real con el delito de violación de medidas para evitar y/o propagar la pandemia (art.
205 CP). Finalmente, ordenó remitir el legajo a la...

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