Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - SALA D - CAMARA EN LO COMERCIAL, 19 de Diciembre de 2013, expediente 330602013

Fecha de Resolución19 de Diciembre de 2013
EmisorSALA D - CAMARA EN LO COMERCIAL

Poder Judicial de la Nación CNCom, D, 33060/2013. SEÑAL ECONOMICA S.A. S/ CONCURSO PREVENTIVO S/ INCIDENTE DE VERIFICACIÓN TARDÍA POR M.T.N.. JUZGADO 25 (50).

Buenos Aires, 19 de diciembre de 2013.

  1. La incidentista apeló la decisión de fs. 44/45 en cuanto otorgó

    carácter quirografario a su crédito (art. 248, LCQ) y le impuso las costas del proceso.

    Su recurso de fs. 46 fue fundado en fs. 52 y respondido en fs. 60 por la sindicatura.

  2. El capital reclamado y sentenciado en esta causa ($ 2516,80; v. fs. 12 y 45) es ostensiblemente inferior al límite de apelabilidad establecido por el art. 242 del Cpr. (T.O. por ley 26.536, publ. en el B.O. el 27.11.09), que a la fecha de la concesión recursiva ascendía a $ 20.000.

    Por consiguiente, es claro que el recurso deducido en fs. 46 fue mal concedido (esta Sala, 28.12.12, "Avícola, San Miguel S.C.A. s/quiebra s/incidente de verificación y pronto pago por R., Dina"; entre otros)

  3. Por lo anterior, se

    RESUELVE:

    Declarar mal concedido el recurso de fs. 46, sin costas atento al modo en que...

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