Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala D, 30 de Junio de 2020, expediente COM 054974/2002/CA001

Fecha de Resolución30 de Junio de 2020
EmisorCamara Comercial - Sala D

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial Sala D

54974/2002 - SEGUROS BERNARDINO RIVADAVIA COOP. LTDA.

c/ MUNICIPALIDAD DE BERAZATEGUI s/ ORDINARIO.

Buenos Aires, 30 de junio de 2020.

  1. El perito ingeniero industrial y laboral, señor J.O.G., solicitó por derecho propio habilitación de feria extraordinaria establecida por la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante Acordadas 6, 9, 10, 13, 14, 16 y 18, y se resuelva el recurso por él deducido contra la regulación de honorarios oportunamente efectuada en la anterior instancia.

  2. Por Acuerdo Extraordinario de la Sala de Feria de esta Alzada mercantil de fecha 12.5.20, a la cual el Pleno delegó las funciones de Superintendencia durante esta feria sanitaria fue dispuesto, en cuanto aquí interesa referir, que serían atendidas por los Tribunales competentes “…las regulaciones de honorarios profesionales en todos los procesos,

    mientras puedan cumplirse por medios digitales y no se necesiten constatar actuaciones o documental en papel” (punto 2.h).

    Tales circunstancias no se encuentran configuradas en el sub lite.

    En efecto, es por demás evidente que el presente proceso -iniciado hace aproximadamente dieciocho años- no se encuentra íntegramente digitalizado (cítase a modo de ejemplo el informe pericial elaborado por el peticionario durante el año 1999), existiendo incluso omisiones en la digitalización de presentaciones efectuadas con posterioridad a la Fecha de firma: 30/06/2020

    Firmado por: P.D.H., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: H.P., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: G.G.V., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.R.G., JUEZ DE CAMARA

    implementación del Sistema de Gestión Judicial.

    Tal extremo imposibilita, per se, dar tratamiento en debida forma y con un mínimo de seriedad al recurso deducido en autos en los términos del cpr 244, sin compulsar, previa y necesariamente, las actuaciones en formato papel.

    Por otra parte, según lo ha...

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