Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 19 de Noviembre de 2019, expediente CAF 042287/2019/CA001

Fecha de Resolución19 de Noviembre de 2019
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala III

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA III Causa Nº 42.287/2019: “EN- SECRETARIA DE GOBIERNO DE ENERGIA c/ LAVADERO INDUSTRIAL TEXTIL s/

INHIBITORIA”

Buenos Aires, 19 de noviembre de 2019. SMM Y VISTOS; CONSIDERANDO:

I- Que, vienen estos autos a conocimiento del Tribunal con motivo del recurso de apelación que interpuso el Estado Nacional -Secretaría de Gobierno de Energía, contra la resolución por la que la Sra. Juez de primera instancia desestimó la inhibitoria planteada por esa parte (conf. arts. y del C.P.C.C. y art. 20 de la ley 26.854), respecto a la causa caratulada:

Lavadero Industrial Textil c/ Estado Nacional y otros s/ amparo ley 16.986

(Expte. FMP 18.338/2019), que tramita por ante el Juzgado Federal Nº 2 de Mar del Plata (vide fs. 2/7, 26/7, 35, 36 y fs. 37/44).

II- Que, inicialmente, cabe dejar sentado que este Tribunal ha señalado en anteriores oportunidades que -como principio- la inhibitoria resulta inadmisible en este tipo de proceso (como destaca el Sr. Fiscal General a fs. 48), en tanto la ley 16.986 -en su art. 16- prohíbe la articulación de cuestiones de competencia en las acciones de amparo (C.S. Fallos: 325:2236; esta S., “EG3 RED SA c/ GCBA s/inhibitoria”, del 22/12/09; “EN- M Hacienda c/ Municipalidad de V.G. s/inhibitoria”, del 26/12/18).

Sin embargo, circunstancias excepcionales autorizan -como ocurre en la especie- a apartarse de esa regla, con sustento en la índole y caracteres de las cuestiones involucradas, como así también en la proyección y efectos que ellas podrían producir en determinadas hipótesis (conf. S. IV, in re: “Asociación de Consumidores y Usuarios y otros c/ Ministerio de Energía y Minería de la Nación y otro s/ exhorto”, del 1º/11/18; esta S., “EN- Secretaría de Gobierno de Energía c/ Defensor del Pueblo de la Provincia de Corrientes s/ inhibitoria”, del 13/6/19).

Fecha de firma: 19/11/2019 Alta en sistema: 21/11/2019 Firmado por: J.E.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.M.G., JUEZ DE CAMARA #33953524#249688672#20191119123526783

III- Que, en efecto, según resulta del escrito de inicio, la causa respecto a la cual se planteó la cuestión de competencia por inhibitoria versa sobre la declaración de inconstitucionalidad de los cuadros tarifarios de gas natural dispuesto por las Resoluciones ENARGAS Nº 289/2018 y 201/2019, que rigen para todo el territorio nacional y que, por ende, no limitan sus efectos a una jurisdicción...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR