Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA CIVIL, 8 de Septiembre de 2023, expediente FRO 009613/2021/CA001
Fecha de Resolución | 8 de Septiembre de 2023 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA CIVIL |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A
Prev/Def Visto en Acuerdo de la Sala “A”
integrada el expediente Nº FRO 9613/2021 caratulado “SEBASTIAN, R.A. c/ ANSES s/ REAJUSTES VARIOS”,
(originario del Juzgado Federal Nº 1 de la ciudad de Rosario), del que resulta,
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los autos a esta Alzada a fin de resolver el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia de primera instancia, quien se agravió del modo dispuesto para la actualización de las remu-
neraciones de la actora, solicitando la aplicación del índice combinado establecido en la Ley Nº 27.260, en el Decreto Nº
807/16 y en la Resolución de la ANSeS Nro. 56/18.
Además, señaló que no resultan aplica-
bles al caso los alcances del fallo “M., S.” para el cómputo de los servicios autónomos.
Finalmente, se quejó del tratamiento otorgado a la Prestación Básica Universal (PBU), puntualmente de la aplicación del precedente “Q., atento a la fecha de adquisición del derecho de la actora.
Los Dres. A.P. y S.M.A.C. dijeron:
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- En relación a los agravios de la recurrente sobre el modo dispuesto para la actualización de las remuneraciones de la actora, y del precedente “M.”
para el cómputo de los servicios autónomos, las cuestiones a dirimir en la causa mencionada son sustancialmente análogas a las planteadas por la ANSeS en los autos Nº FRO 5861/2016
caratulados: “AVILA, PEDRO JOSE C/ ANSeS S/ REAJUSTES
Fecha de firma: 08/09/2023
Firmado por: A.P., JUEZ DE CÁMARA
Firmado por: S.M.A.C., JUEZA DE CAMARA
Firmado por: F.L.B., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: H.D.M., SECRETARIO
VARIOS”, y que fueron rechazadas por esta Sala mediante Acuerdo del 27 de febrero de 2019, a cuyos fundamentos y conclusiones, en lo pertinente, corresponde remitirnos, por razones de brevedad y economía procesal (ver www.cij.gov.ar/sentencias). En consecuencia, cabe confirmar lo dispuesto en la sentencia apelada respecto de la actualización de las remuneraciones de la actora y la aplicación del precedente “M.” para el cómputo de los servicios autónomos. Asimismo, revocar lo dispuesto por el a quo en cuanto consideró inoficioso el tratamiento de la Resolución Nº 56/2018 y, en su lugar, declarar de oficio la inconstitucionalidad de las resoluciones de ANSeS Nº 56/2018
y de la Secretaría de la Seguridad Social Nº 1/2018.
En similar sentido se expidió la Sala “B” de esta Cámara en los autos Nº FRO 1376/2015/CA1
caratulados: “JAIME, L. c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS”, por Acuerdo del 22 de febrero de 2019.
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- Respecto al planteo de la recurren-
te, dirigido a cuestionar el tratamiento otorgado a la PBU,
se deberá estar, en lo pertinente, a los fundamentos y con-
clusiones vertidos en el Acuerdo de esta Sala integrada de fecha 17/12/2020, en los autos número 14224/2013, caratulados “BALDO, JORGE c/ ANSeS s/ REAJUSTES POR MOVILIDAD”. En conso-
nancia con lo allí establecido, corresponde confirmar lo dis-
puesto por la sentencia recurrida en tanto difirió el análi-
sis de la procedencia del ajuste de la prestación básica uni-
versal para el tiempo de la liquidación, de conformidad con los alcances dispuestos por nuestro máximo tribunal en el fa-
llo “Quiroga”.
En similar sentido se expidió la Sala “B” de esta Cámara Federal en los autos Nº FRO 19000/2017 ca-
Fecha de firma: 08/09/2023
Firmado por: A.P., JUEZ DE CÁMARA
Firmado por: S.M.A.C., JUEZA DE CAMARA
Firmado por: F.L.B., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: H.D.M., SECRETARIO
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A
ratulado “COLLOMB, OSVALDO C/ ANSeS S/ REAJUSTES VARIOS” por Acuerdo del 25 de febrero de 2021.
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- En lo concerniente a las costas de esta instancia, atento lo resuelto por la C.S.J.N. en los autos “M., B.A. c/ ANSES s/ Impugnación acto administrativo”, expte. N° FCR...
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