Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii, 27 de Mayo de 2022, expediente CNT 034496/2017/CA001

Fecha de Resolución27 de Mayo de 2022
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VIII

Expte. Nº 34496/2017

JUZGADO Nº 63

AUTOS: "SCRIMERI, R. c/ GHELA S.P.A. s/ DESPIDO"

Ciudad de Buenos Aires, 27 del mes de mayo de 2022.-

VISTO

Y CONSIDERANDO:

  1. La señora Juez “a quo” en el pronunciamiento de fecha 14/07/2021, resuelve: hacer lugar a la demanda, regular los honorarios a favor de las representaciones letradas de las partes actora y demandada, de los peritos en informática y contadora, en el l5%, l4%, 6% y 7% del monto de condena (capital más intereses), respectivamente e imponer las costas en el 25% a cargo de la parte actora y el 75% a cargo de la demandada.

    Disconforme con la regulación de sus honorarios, apela el doctor Á., por derecho propio (04/08/2021).

    El doctor Tiferes, en representación del actor, apela a tenor de la presentación digital de fecha 04/08/2021.

    Apela la demandada, en forma virtual el 05/08/2021.

    En atención al acuerdo de pago presentado por la parte actora,

    con nueva representación letrada, y la demandada, en el cual ambas partes desisten de los recursos de apelación oportunamente interpuestos (31/08/2021),

    la Magistrada de grado concede los recursos interpuestos por los doctores Á. y Tiferes,

    Seguidamente, la Juez de la anterior instancia resuelve: “…

    corresponde discriminar los honorarios del 15% regulado en el fallo de autos a la representación letrada de la parte actora, en el siguiente porcentaje;

    correspondiéndole al D.A. el 60% y al Dr. Tiferes el 40% de tales honorarios…” (cfr. resolución de fecha 01/092021).

    Tal decisión es apelada, en forma virtual, por el doctor Tiferes,

    por derecho propio (03/09/2021).

    Por último, se ordena la retención del 20 % sobre el total del capital que debe cobrar el actor en las presentes actuaciones ($23.721.867,25 x 20%= $4.744.373,45.-), conforme resolución de fecha 27/09/ 2021.

    Fecha de firma: 27/05/2022

    Firmado por: L.A.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: V.A.P., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: C.R.G., SECRETARIA DE CAMARA

    La parte actora, apela a mérito de la presentación digitalizada el 30/09/2021.

  2. En cuanto a los honorarios apelados. Esta sala no puede dejar de advertir que el recurso interpuesto por el doctor T., solo fue concedido en lo atinente a honorarios. Nótese que en la audiencia de fecha 31/08/2021, la parte actora, le revoca el poder y se presente con nueva representación letrada,

    manifiesta que desiste del recurso oportunamente...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR