Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala H, 17 de Mayo de 2017, expediente CIV 035201/2013/CA001

Fecha de Resolución17 de Mayo de 2017
EmisorCamara Civil - Sala H

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H 35.201/2013. SCORNAVACHE, M.A. Y OTRO c/SANCHEZ MARCIAL, DALMIRO Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS (ACC. TRAN. C/LES. O MUERTE)

Buenos Aires, 17 de mayo de 2017.- FG (fs. 279)

AUTOS Y VISTOS:

  1. Por devueltos.

  2. Vienen estos autos en grado de apelación en virtud de los recursos de fs. 238, 240, 248, 250 y fs. 256, contra las regulaciones de honorarios de fs. 237.

Para su tratamiento, se tendrá en consideración el monto del juicio resultante del convenio exteriorizado por las partes a fs.

205, homologado a fs. 208, punto 2), como así también la doctrina decidida en el fallo plenario de este fuero “Murguia, E.J. c/Green, E.B. s/cumplimiento de contrato”, la entidad de las cuestiones sometidas a dictamen de los expertos, mérito, calidad, extensión de las tareas y proporcionalidad que deben guardar sus honorarios con los estipendios acordados en la cláusula segunda en favor de los profesionales que actuaron durante la tramitación de la causa, de acuerdo a las pautas arancelarias indicadas en el art. 478 del CPCCN.

En consecuencia, por no ser elevados los honorarios del perito médico D.R.C. (habiéndose valorado a tal fin la suma de pesos once mil –ello, atento a la diferencia entre la suma expuesta en letras y en números–) ni los del Ingeniero M.G.D., se los confirma en ambos casos. Del mismo modo, por...

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