Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala F, 16 de Mayo de 2022, expediente CIV 075337/2017/CA001

Fecha de Resolución16 de Mayo de 2022
EmisorCamara Civil - Sala F

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA F

75337/2017

SCORNAIENCHI, ALBERTO OSCAR c/ TALLER M B SRL Y

OTRO s/PREPARACION DE LA VIA EJECUTIVA

Buenos Aires, de mayo de 2022.- AF

Por recibidos en forma virtual.

AUTOS Y VISTOS:

Sabido es que el Tribunal de Alzada, como Juez del recurso, no sólo está facultado para examinar su procedencia, sino también su admisibilidad, así como las formas en que se lo ha concedido.

Sentado ello y habida cuenta que de las constancias de estas actuaciones surge que el interés económico comprometido ante esta alzada, se encuentra por debajo del monto mínimo señalado por el art. 242 párrafo 2° del Código Procesal (conf.: modificación Ley 26.536 y acordada 45/2016 de la CSJN, del 27/12/16, la cual lo ha establecido en la suma de $ 90.000), la resolución de fs. 122 resulta inapelable.

En mérito a lo expuesto, SE

RESUELVE:

Declarar mal concedidos los recursos de apelación interpuestos por L.C. y E.H. a fs. 127 y fs. 128 respectivamente. La vocalía nro. 17 no suscribe la presente por encontrarse vacante. Regístrese,

notifíquese y devuélvase a la instancia de grado en forma virtual.

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