Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 1 de Junio de 2011, expediente Rc 114096

Presidentede Lázzari-Negri-Soria-Hitters
Fecha de Resolución 1 de Junio de 2011
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA
  1. 114.096"Sconza, R.M.C.S., M.D.C.. Interdicto. Incidente de Competencia".

//Plata, 1 de junio de 2011.

AUTOS Y VISTO:

  1. La señora R.M.S. promovió, ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial nro. 6 del Departamento Judicial de La Matanza, interdicto de recobrar la posesión contra su hermana M. delC.S. respecto del inmueble ubicado en la localidad de San Justo (fs. 26/28 vta.).

    El citado organismo, al considerar que la demanda había sido interpuesta contra otra coheredera, sobre un bien integrante del acervo dejado por su padre J.S., y que de las constancias obrantes en la causa no surgía que hubiera cesado el estado de indivisión hereditaria, ni, por ende, tampoco el fuero de atracción del expediente sucesorio iniciado, se declaró incompetente y dispuso la remisión de las actuaciones al Juzgado donde tramitan aquellos autos (fs. 29/31 vta.).

    Por su parte, el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial nro. 1 de Mar del Plata, no aceptó la atribución de competencia efectuada y elevó los autos a esta Corte originándose el conflicto a dirimir (art. 161 inc. 2 de la Const. prov.).

  2. Cabe señalar al respecto que la finalidad del proceso sucesorio radica en la determinación objetiva -los bienes dejados por el causante- y subjetiva -las personas que habrán de recibirlos- de las circunstancias atinentes a la sucesiónmortiscausade que se trata (conf. doct. Ac. 98.308, resol. del 9-VIII-2006; Ac. 106.788, resol. del 3-VI-2009).

    El propósito del fuero de atracción, en lo que respecta a los procesos universales, es la concentración ante un mismo magistrado que entiende en el principal, en principio, de todas las causas que involucren el patrimonio transmitido como universalidad. Ello en cuanto esas acciones posean virtualidad potencial de incidir sobre la meta de transmisión (conf. doct. Ac. 98.308, cit.; Ac. 102.360, resol. del 23-IV-2008; Ac. 106.788, cit.).

    Igualmente, esta Corte ha entendido que el fuero de atracción del juicio sucesorio se extingue con la partición de los bienes que componen el acervo hereditario (conf...

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