Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii, 26 de Septiembre de 2023, expediente CNT 004629/2022/CA001 - CA003

Fecha de Resolución26 de Septiembre de 2023
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii

CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO

SALA VIII

Expediente Nº CNT 4629/2022/CA1 - CA3

Juzgado Nº 12

AUTOS: “SCHVARZTEIN, MARINA GISELLA C/ ACCENTURE S.R.L.

S/ DESPIDO”

Ciudad de Buenos Aires, 26 de septiembre de 2023.

VISTO:

Los recursos de apelación interpuestos por ambas partes, y;

CONSIDERANDO:

  1. El recurso de la parte actora, interpuesto en la audiencia del 25/08/23 y concedido en los términos del artículo 105 inc. h) L.O., quien se alza contra la decisión que estableció la continuidad de la declaración testimonial en forma remota y ordenó al testigo G. apagar uno de los dispositivos (monitores), continuando solo con aquel en el que se encontraba declarando.

    Los fundamentos vertidos contra la decisión fueron expresados en los siguientes términos: “…dada cuestiones debatidas en la litis de la ley 26485, las groseras trasgresiones al debido proceso legal, la falta de participación activa de la Jueza a cargo de la causa, como así también lo normado por el art 25 inc. 1, 2. 3 ,4 de la ley 24937 se interpone recurso de apelación en los términos del art. 105 H de la L.O.”

    De lo expuesto se desprende con claridad que ninguna de las razones presentadas guarda relación con la situación denunciada respecto del testigo G. quien, según manifestó con anterioridad la parte actora, se encontraba declarando frente a una computadora, a la vez que giraba la cabeza para observar otro monitor que tenía a su lado, en el cual, según la apelante, había apuntes que eran visualizados constantemente por el declarante, ante las preguntas formuladas por el Tribunal.

    Nótese que el Juzgado, ante la incidencia efectuada por la parte actora, ordenó

    al testigo G. apagar el segundo monitor, a fin de evitar cualquier consulta y que,

    sobre la cuestión, nada dijo el recurrente, quien se limitó a dirigir su crítica a supuestas inconductas y condiciones personales de las autoridades del Juzgado, que nada tienen que ver con la modalidad de la declaración que estaba prestando el testigo, en forma remota, ni con las medidas que deberían implementarse para asegurar el debido testimonio.

    Fecha de firma: 26/09/2023

    Alta en sistema: 27/09/2023

    Firmado por: V.A.P., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.D.G., JUEZ DE CAMARA

    1

    Firmado por: C.R.G., SECRETARIA DE CAMARA

    CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO

    SALA VIII

    Expediente Nº CNT 4629/2022/CA1 - CA3

    En los términos expuestos, la apelación se exhibe desierta, de conformidad con lo normado por...

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