Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 18 de Junio de 2003, expediente L 68869

PresidentePettigiani-de Lázzari-Negri-Roncoroni-Soria-Hitters
Fecha de Resolución18 de Junio de 2003
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a 18 de junio de dos mil tres, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctoresP.,de L.,N.,R.,S.,Hitters, se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa L. 68.869, “S., H.R. y otro contra Tecnor S.A. (Polisur) -art. 52, ley 23.551-“.

A N T E C E D E N T E S

El Tribunal del Trabajo nº 2 de Bahía Blanca rechazó las excepciones de inhabilidad de título y falsedad de la ejecutoria, el planteo nulitivo del trámite de embargo y su consiguiente pedido de levantamiento articulados por Polisur S.A., con costas a su cargo.

Esta interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley.

Dictada la providencia de autos y hallándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte decidió plantear y votar las siguientes

C U E S T I O N E S

1a.) ¿Ha sido bien concedido el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley de fs. 202/215?

Caso afirmativo:

2a.) ¿Es fundado el mismo?

V O T A C I O N

A la primera cuestión planteada, el señor Juez doctor P. dijo:

  1. El tribunal interviniente acogió la demanda incoada por H.R.S. y R.O.R. contra Tecnor S.A. (Polisur) en concepto de indemnización por violación de la estabilidad gremial (art. 52, ley 23.551) (fs. 114/120).

    Iniciada la ejecución de la sentencia por el monto de condena y los honorarios regulados al letrado de la parte actora, Polisur S.A. opuso la excepción de falsedad de la ejecutoria y planteó la nulidad del mandamiento de embargo diligenciado en su domicilio; reclamando, a su vez, el consecuente levantamiento de esa medida precautoria (fs. 188/191 vta.).

    Invocó falta de legitimación para obrar en su contra, sostuvo no haber sido parte en el proceso y no guardar relación alguna con la condenada en la sentencia, es decir Tecnor S.A. (Polisur).

    Dichas defensas fueron desestimadas por el tribunal de origen quien mandó llevar adelante la ejecución (conf. resolución de fs. 196/199 vta.).

  2. El recurso ha sido mal concedido, pues no tienen carácter de sentencias definitivas a los fines del recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, las resoluciones de aquellas cuestiones que puedan surgir durante la sustanciación o ejecución de las sentencias las que, en principio, deben terminar en los tribunales ordinarios (conf. causas L. 38.927, sent. del 26-VII-1988; Ac. 71.775, I. del 24-XI-1998; Ac...

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