Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Ii, 6 de Diciembre de 2019, expediente CCF 010110/2019/CA001

Fecha de Resolución 6 de Diciembre de 2019
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Ii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL – SALA II Causa n° 10110/2019 S.L.H. c/ OSDE s/AMPARO DE SALUD Buenos Aires, 6 de diciembre de 2019. CR VISTO: el recurso articulado en subsidio por la parte actora, a fs. 39/42vta., contra la resolución de fs. 37/38vta.; y CONSIDERANDO:

  1. Que en el pronunciamiento indicado, el magistrado interviniente, rechazó la medida cautelar peticionada en esta acción de amparo por el señor L.H.S. a fin de que se ordene a la ORGANIZACIÓN DE SERVICIOS DIRECTOS EMPRESARIOS (OSDE), arbitrar los medios necesarios para mantener los beneficios médico asistenciales que le brinda juntamente con su cónyuge, señora L.R.I., en el PLAN 310, del que era beneficiario como empleado en actividad, sin limitaciones temporales ni presupuestarias.

    Para así decidir, tuvo en cuenta que conforme surge de la constancia de fs. 9, el actor obtuvo el beneficio jubilatorio el 26.03.13 y que desde esa fecha continua como afiliado directo de OSDE (confr.

    reconocimiento de fs. 26vta.), por lo que en la actualidad gozaría de sus servicios médico asistenciales, conforme con las copias de sus credenciales obrantes a fs. 2 y fs. 4, situación que obsta a la configuración actual del peligro en la demora, pues más allá de lo manifestado en cuanto al alto costo de la cuota mensual, no se encuentra acreditado en autos la imposibilidad de pagarla.

  2. Que la parte actora, planteó una reposición con apelación en subsidio, a fs. 39/42vta.. La desestimación de aquella por resultar incompatible con el juicio de amparo, motivó la concesión del remedio subsidiario (ver fs. 43).

    El recurrente aduce, en lo medular que en el caso concurren los recaudos de admisibilidad de las medidas cautelares, en particular la verosimilitud del derecho, acreditada con la documentación aportada.

    Fecha de firma: 06/12/2019 Admite que cuenta con la cobertura de OSDE, como afiliado directo, sin Firmado por: ALFREDO S. GUSMAN - RICARDO

  3. GUARINONI , #34183251#251809127#20191206104229441 embargo advierte que sus magros ingresos le dificultan solventar los costos de dicha cobertura. Y que esto último pone en peligro su derecho a la salud frente a la posible carencia de las prestaciones medico asistenciales que requiera.

  4. Que este Tribunal, sólo analizará las argumentaciones que resulten adecuadas en el contexto cautelar en el que fue dictada la resolución recurrida (Fallos: 278:271; 291:390, entre otros), sin examinar aquellos...

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